La Fiscalía General del Estado (FGE) abrió una investigación previa en contra de Ramiro García Falconí, abogado del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez Henriques, por el presunto delito de obstrucción de la justicia.

La indagación previa se inició el jueves 2 de julio de 2026 tras una denuncia que presentó la misma Fiscalía en su sede matriz, en Quito.

García Falconí es defensa de Aquiles Alvarez en el caso Triple A, en el que el alcalde es procesado junto con 21 personas naturales y jurídicas por el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo; y en el caso Goleada, en el que Alvarez Henriques y 25 personas, naturales y jurídicas son investigados por lavado de activos.

Fiscalía inició esta investigación con base en los artículos 410, 411, 442, 560, 580 y 584 del Código Orgánico Integral Penal y en el numeral 3 del artículo 282 del Código Orgánico de la Función Judicial.

Asimismo, la institución dispuso oficiar a la Unidad de investigación contra el delito en la eficiencia en la administración pública para que asigne un agente investigador y a un equipo de agentes para que realicen diligencias como el reconocimiento de los lugares, huellas, señales, armas, objetos e instrumentos y para que se reciban las versiones respectivas.

Además, la FGE pidió ubicar el lugar de permanencia de Ramiro García, quien además se inscribió como aspirante al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCSS), para evitar su fuga u ocultamiento.

A la vez, el abogado deberá ser notificado sobre el inicio de esta investigación para que ejerza su derecho a la defensa. Para estas diligencias, la Fiscalía dio un plazo de treinta días.

El delito de obstrucción de la justicia está tipificado en el artículo 270.1 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de veinticuatro a cuarenta salarios básicos unificados del trabajador en general a la persona que, mediante el uso de fuerza física, amenazas o intimidación, o la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio, en todo tipo de procesos judiciales, ejecuta una o varias de las siguientes conductas:

  1. Impida la prestación de testimonio o la aportación de prueba;
  2. Induzca a una persona a prestar falso testimonio; y/o,
  3. Interfiera ilegítimamente en la libertad de actuación de jueces y fiscales.

(I)



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