El juez Javier de la Cadena (ponente) y los conjueces Manuel Cabrera y Marco Boris Aguirre, quien asume la causa en lugar del presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Marco Aguirre, son los magistrados nacionales que asumirán la etapa de juzgamiento del caso Liga2.
El sorteo llega luego de casi un mes de que la jueza de la CNJ Daniella Camacho decidió llamar a juicio a tres exintegrantes de la llamada Liga Azul (Augusto Verduga, Eduardo Franco Loor y Yadira Saltos), a una actual vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) (Nicole Bonifaz), a una exasambleísta del correísmo (Esther Cuesta), a un excandidato presidencial (Andrés Arauz) y a un exsuperintendente de Bancos (Raúl González).
El 17 de abril pasado, en la reinstalación de la audiencia preparatoria de juicio, Camacho acogió el pedido de la Fiscalía General del Estado (FGE), que sostiene que los sospechosos estructuraron una presunta asociación ilícita y que, además, perpetraron delitos como tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias, fraude e incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
La teoría de Fiscalía señala que los sospechosos “buscaban asegurar su permanencia en el CPCCS para cooptar espacios de poder a través de los procesos de selección y designación de las máximas autoridades de control, seleccionando a personas que compartan sus objetivos e intereses”.
En la lectura de la resolución, la jueza Daniella Camacho desglosó los tres eventos que Fiscalía afirma que habrían cometido los siete procesados:
– Evento Tribunal Contencioso Electoral (TCE): hace alusión a las estrategias y acciones que encaminaron los consejeros del CPCCS para asegurar su permanencia dentro de esta función estatal.
– Evento vocales del Consejo de la Judicatura: en el cual los sospechosos unieron voluntades con la finalidad de lograr el control del sistema de justicia por medio del concurso de vocales del Consejo de la Judicatura. Esto buscó materializarse a través de gestiones con personal de la Asamblea Nacional e incluso con funcionarios de la Defensoría Pública, pretendiendo inclusive retrasar dicho concurso.
– Evento Superintendencia de Bancos: la estructura pretendió controlar el sistema financiero nacional a través del incumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional, buscando nombrar a alguien afín a sus intereses. Para eso, realizaron acciones y estructuraron planes a fin de incumplir la referida sentencia.
Para la Fiscalía, en el caso Liga2 “existen conductas propias de una asociación ilícita al convenir una pluralidad de personas con finalidades claramente delictivas, destinadas a controlar ciertos espacios de poder del Estado, llegando a ser juez y parte dentro de los procesos de selección de autoridades”.
El fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, inició la fundamentación de su dictamen acusatorio contra los siete procesados en el caso Liga2 y ubica a todos como autores directos del delito de asociación ilícita, tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El artículo 370, que habla del delito de asociación ilícita, señala que cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años. (I)
































