El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Ángel Torres Maldonado aceptó un recurso subjetivo contencioso electoral y declaró la nulidad del proceso de democracia interna del movimiento Renovación Total (RETO), desarrollado el 14 de marzo de 2026, en el que se renovaron directivas.
La decisión consta en la sentencia de la causa 044-2026-TCE, emitida el 22 de mayo de 2026. La sentencia emitida por el juez Ángel Torres Maldonado corresponde a una primera instancia, por lo que aún puede ser apelada ante el pleno del Tribunal Contencioso Electoral.
En el fallo, el magistrado aceptó el recurso presentado por David Mateo López Banegas, adherente permanente de RETO, contra las resoluciones emitidas por el órgano electoral central del movimiento político.
La sentencia del juez Ángel Torres Maldonado sostiene que durante el proceso interno de RETO se verificaron “irregularidades” tanto en la constatación del quorum como en las votaciones realizadas en la asamblea nacional del movimiento del 14 de marzo de 2026.
El magistrado concluyó además que existió una “actuación sin facultad legal para convocar y presidir la instalación de la asamblea nacional” del movimiento político, situación que, según el fallo, afectó “los principios de democracia y deliberación interna”.
“Es procedente aceptar el recurso subjetivo contencioso electoral, declarar la nulidad de las resoluciones impugnadas y ordenar que la organización política elija a sus órganos directivos observando y respetando las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y estatutarias”, señala la resolución.
El juez añade que la consecuencia de la nulidad implica que “dichos actos nunca existieron y, por tanto, no pueden generar efecto jurídico alguno”.
En la parte resolutiva, el fallo dispone que, una vez ejecutoriada la sentencia, el Consejo Nacional Electoral supervise que RETO realice nuevamente su proceso de democracia interna “con estricta observancia” de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
La sentencia también ordena que la Secretaría General del Tribunal Contencioso Electoral remita copias certificadas del expediente al Consejo de la Judicatura “para que en el marco de sus competencias” actúe respecto de posibles actuaciones observadas durante el proceso.
Además, el juez menciona en el documento que se deberá analizar la actuación de la abogada Mónica Bolaños Moreno por una presunta inobservancia de su obligación de lealtad procesal.
La decisión judicial ocurre en medio de las disputas internas que atraviesa RETO y que se intensificaron de cara a las elecciones generales de 2026.
El movimiento, presidido por el asambleísta Raúl Chávez, había defendido semanas atrás la legalidad de sus procesos internos y aseguró que los intentos por frenar a la organización “no prosperaron”.
Incluso, RETO anunció recientemente la apertura de nuevas adhesiones presenciales y digitales para fortalecer su estructura política rumbo a los próximos comicios.
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