
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado de forma definitiva el archivo de la denuncia interpuesta por Vodafone España contra Telefónica y The Walt Disney Company Iberia. El organismo regulador concluye que no existen indicios de infracción de la normativa de competencia en el contrato de integración de la plataforma Disney + en la oferta de Movistar +, a pesar de que la operadora disfrutó de una ventana de prioridad de diecisiete meses en el mercado de las telecomunicaciones en España.
La resolución, con fecha del 17 de marzo pasado, ratifica la propuesta de no incoación de expediente sancionador dictada el pasado 16 de enero por la Dirección de Competencia. La decisión del organismo que preside Cani Fernández cierra la vía administrativa a un conflicto jurídico que se ha prolongado durante seis años, dejando como única opción para los denunciantes la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses. Vodafone ya está analizando la presentación de ese recurso, informan fuentes de la compañía.
El eje central de la controversia se sitúa en el periodo comprendido entre marzo de 2020 y agosto de 2021. Durante este intervalo de diecisiete meses, Telefónica se mantuvo como el único operador de comunicaciones electrónicas en España con capacidad para integrar el servicio de streaming Disney + dentro de su oferta comercial convergente. Esta situación de preeminencia temporal fue el argumento principal de Vodafone, ahora bajo el control de Zegona, para sostener que existía una estrategia de exclusividad encubierta destinada a reducir la presión competitiva de otros actores en el mercado de la televisión de pago.
Según consta en el expediente, Telefónica y Disney suscribieron su acuerdo el 6 de marzo de 2020, apenas días antes del confinamiento general por la pandemia del covid-19. El contrato establecía que Telefónica integraría el contenido de la multinacional estadounidense en sus paquetes de Movistar +. A cambio de esta distribución masiva, que incluía un compromiso de volumen de suscriptores de entre 1,1 y 1,3 millones, la operadora española obtuvo unas condiciones mayoristas que Vodafone calificó de discriminatorias y restrictivas para el resto de competidores.
Vodafone argumentó en su denuncia que esta ventaja temporal de diecisiete meses permitía a Telefónica reservarse el acceso a contenidos clave de alta demanda en un momento crítico de configuración del mercado de streaming. La operadora denunciante señaló que esta conducta vulneraba no solo la Ley de Defensa de la Competencia, sino también los compromisos específicos que Telefónica aceptó tras la adquisición de DTS (Canal +) en 2015, los cuales prohibían la adquisición de contenidos con carácter exclusivo que impidieran la competencia de terceros operadores.
No obstante, el análisis de la CNMC determina que este periodo de diecisiete meses en los que Telefónica operó sin competencia directa de otros operadores de telecomunicaciones en la oferta de Disney+ no constituye una infracción legal. El regulador fundamenta su decisión en que Disney+ siempre estuvo disponible para su contratación de forma independiente, o modalidad stand-alone, directamente a través de su propia plataforma web y aplicaciones móviles. Por tanto, el usuario final podía acceder al contenido sin necesidad de ser cliente de Movistar+, lo que desvirtúa la tesis de un cierre de mercado.
La investigación técnica reveló que la integración completa de Disney+ en los descodificadores de Movistar+ no se completó hasta el 28 de abril de 2021. Durante los meses previos, el contrato preveía incentivos económicos y descuentos en el precio mayorista para Telefónica en el caso de que Disney firmara acuerdos similares con otros operadores antes de que dicha integración técnica fuera efectiva. Según la resolución de la CNMC, adelantada por El Economista, la existencia de estas cláusulas demuestra que no había una voluntad contractual de exclusividad, sino un ajuste comercial basado en los tiempos de implementación técnica del servicio.
Orange se sumó a la denuncia
Orange España se adhirió a la causa meses después de la denuncia inicial de Vodafone, aportando información relativa a las dificultades de negociación para acceder a los mismos contenidos. Sin embargo, los datos recabados por el regulador indican que las negociaciones entre Disney y el resto de operadores de telecomunicaciones continuaron abiertas durante todo el periodo. El hecho de que Vodafone TV comenzara a ofrecer Disney+ en agosto de 2021, una vez transcurrida la citada ventana de diecisiete meses, es interpretado por la Sala de Competencia como una prueba de la fluidez del mercado una vez superadas las fases iniciales de lanzamiento.
En el ámbito de las cuotas de mercado, el fallo sostiene que la configuración competitiva actual no se ha visto alterada de forma irreversible por el acuerdo investigado. Tanto Vodafone como Orange ya ofrecen los contenidos de Disney+ en igualdad de condiciones técnicas que Telefónica. La CNMC añade que la existencia de múltiples plataformas de contenidos alternativas y la capacidad de los usuarios para cambiar de operador minimizan el impacto que pudo tener la exclusividad temporal denunciada sobre la estructura general del mercado de televisión de pago en España.
El organismo también desestimó la acusación de actos de competencia desleal basada en el artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia. La resolución aclara que, al no hallarse indicios de prácticas colusorias ni de abuso de posición dominante, no se puede sostener que el acuerdo entre Telefónica y Disney buscara distorsionar el orden público económico. La Sala subraya que los acuerdos de distribución mayorista son prácticas habituales en el sector y que las condiciones pactadas entraban dentro de la lógica comercial de un lanzamiento de gran escala.
En términos de impacto directo para el consumidor, el regulador constató que Telefónica repercutió un coste de aproximadamente cinco euros mensuales por el acceso a Disney+ en sus paquetes convergentes, un precio inferior a la tarifa estándar de la plataforma en aquel momento. La CNMC considera que esta oferta benefició a una base amplia de usuarios sin impedir que el resto de la población pudiera contratar el servicio por las vías directas de distribución minorista de Disney.
Con este archivo, Telefónica queda liberada de un posible expediente sancionador que podría haber derivado en multas millonarias y en la obligación de modificar sus acuerdos vigentes con proveedores de contenidos. Por su parte, la resolución permite a Disney mantener su estrategia de acuerdos de distribución con múltiples operadores, la cual ya está plenamente operativa con los principales actores del sector en el territorio nacional.































