La Defensoría del Pueblo presentó seis observaciones al proyecto de ley antimafias, una iniciativa que busca desarticular las estructuras financieras, logísticas y operativas de las organizaciones criminales. Entre sus principales recomendaciones están modificar el título de la propuesta, revisar la proporcionalidad de las penas y depurar le leguaje legislativo.

La Comisión de Seguridad Integral de la Asamblea Nacional analiza el proyecto de ley presentado por la presidenta del Legislativo, Mishel Mancheno (ADN). Para este lunes 15 de junio, la mesa legislativa convocó a delegados del Servicio de Rentas Internas (SRI) y del Ministerio de Telecomunicaciones para conocer sus criterios sobre la iniciativa.

Durante la sesión, los representantes de ambas instituciones señalaron que no formularán observaciones, al considerar que el proyecto no incluye disposiciones vinculadas con sus competencias, sino que se centra en aspectos relacionados con el procedimiento penal.

Por otra parte, los delegados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana serán convocados nuevamente, luego de que se excusaran de participar en la comparecencia prevista para este lunes.

Rodrigo Varela, delegado de la Defensoría del Pueblo, expresó el respaldo de la institución a los esfuerzos del Estado por fortalecer sus capacidades normativas, operativas e institucionales para enfrentar a las organizaciones criminales; no obstante, la entidad presentó seis observaciones orientadas a fortalecer la propuesta y garantizar su coherencia con los principios constitucionales y de seguridad jurídica.

La primera observación se refiere al título del proyecto. La Defensoría considera que, al tratarse de una reforma a varios cuerpos legales y no de una normativa autónoma, la denominación debe reflejar con precisión su naturaleza jurídica. Por ello, propone que se denomine “Ley Orgánica Reformatoria a varios cuerpos legales para el fortalecimiento de las capacidades institucionales del Estado frente al crimen organizado”. Según Varela, este ajuste contribuiría a reforzar la seguridad jurídica, evitar confusiones y delimitar con claridad el alcance de la reforma.

La segunda observación apunta a las modificaciones planteadas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). La Defensoría recomienda revisar la proporcionalidad de las penas previstas, al señalar que la respuesta estatal frente al crimen organizado debe ser firme, pero también respetar los principios constitucionales. En ese sentido, sostiene que cualquier incremento de sanciones debe superar criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad estricta, lo que permitiría fortalecer la eficacia judicial de la norma y reducir riesgos de impugnaciones o aplicaciones desiguales.

Como tercer punto, la institución sugiere revisar la técnica legislativa empleada para incorporar nuevos artículos al COIP, con el fin de evitar duplicidades, inconsistencias en la numeración y posibles vacíos interpretativos. Varela recordó que los tipos penales deben ser claros, taxativos y previsibles tanto para los operadores de justicia como para la ciudadanía.

La cuarta observación se centra en la creación de nuevos delitos. La Defensoría plantea evaluar si todas las conductas contempladas en el proyecto requieren ser tipificadas como infracciones autónomas o si, en determinados casos, sería más adecuado incorporarlas como agravantes de delitos ya existentes. A su criterio, la proliferación de tipos penales independientes podría generar dispersión normativa y dificultades en su aplicación.

En ese contexto, respecto al reclutamiento de personas con fines delictivos, propone incorporar una agravante específica dentro del delito de delincuencia organizada cuando las estructuras criminales utilicen, capten o instrumentalicen a niñas, niños, adolescentes o personas en condición de extrema vulnerabilidad.

Asimismo, recomienda reconsiderar la creación del delito de pertenencia funcional a una organización criminal. La Defensoría argumenta que el COIP ya sanciona la participación o colaboración en estructuras de delincuencia organizada mediante los artículos 369 y 370, por lo que una nueva figura penal podría generar confusión normativa. Si la intención es castigar funciones operativas, logísticas o financieras esenciales para el sostenimiento de estas organizaciones, considera más conveniente precisar esos comportamientos dentro del marco legal vigente.

La quinta observación corresponde a las reformas planteadas a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio. La Defensoría reconoce que la persecución patrimonial constituye una herramienta clave para debilitar las estructuras criminales, las cuales se sostienen no solo mediante la violencia, sino también a través de recursos económicos ilícitos y mecanismos de lavado de activos.

Sin embargo, advierte que el fortalecimiento de esta figura debe incorporar salvaguardas para terceros de buena fe y para personas que hayan actuado bajo coacción, extorsión o amenazas debidamente comprobadas. Según la entidad, estas garantías no limitan la acción estatal, sino que la legitiman y previenen afectaciones indebidas al derecho a la propiedad.

Finalmente, la sexta observación recomienda simplificar y depurar el lenguaje legislativo del proyecto. La Defensoría sostiene que una ley penal debe caracterizarse por su precisión, claridad y rigor técnico, condiciones que facilitan su interpretación y aplicación por parte de jueces, fiscales, defensores públicos, instituciones estatales y ciudadanos.

(I)



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