El abogado Hugo Córdova Hidalgo, quien presentó la denuncia con la que la Comisión de Mesa inició el trámite de remoción del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, presentó un desistimiento expreso de la acción.
Córdova confirmó este 16 de junio a este Diario que desistió de la denuncia presentada. Sin embargo, no precisó las razones.
La figura bajo la que se acogió fue la de desistimiento de la pretensión que está en el artículo 237 del Código Orgánico General de Procesos.
“En cualquier estado del proceso antes de la sentencia de primera instancia, la parte actora podrá desistir de su pretensión y no podrá presentar nuevamente su demanda”, detalla el artículo.
La norma señala que el juzgador se limitará a examinar si el desistimiento procede por la naturaleza del derecho en litigio y por no afectar a intereses de la contraparte o de terceros.
“La parte demandada que haya planteado reconvención, igualmente podrá desistir de su pretensión o renunciar al derecho”.
Antecedentes de la denuncia
A finales de abril, el Municipio de Guayaquil indicó que en esta denuncia admitida se verificó el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos por la ley: presentación ante la autoridad competente, reconocimiento de firma ante notario, domicilio en el cantón Guayaquil y la inclusión de una solicitud de pruebas.
La Comisión de Mesa fue la encargada de analizar desde el pasado 20 de abril si procedía o no el pedido de remoción del alcalde. El trámite debía cumplirse antes de pasar al Concejo Cantonal.
Las otras dos solicitudes presentadas por Oscar Velarde y David López fueron inadmitidas por no cumplir requisitos formales.
Trámite del desistimiento
En el documento que le fue remitido a Córdova tras el desistimiento, se detalla que la Comisión Legislativa de Mesa, Excusas y Calificaciones del Concejo Cantonal resolvió dar trámite al pedido y notificar a la defensa del alcalde para que se pronuncie.
El oficio llegó a manos del denunciante este 15 de junio, un día antes de que se cumpla el plazo para la fase probatoria dentro del proceso de remoción establecido en el artículo 336 del Cootad.
El periodo de 10 días para presentar las pruebas de cargo y descargo estaba previsto que se complete a las 24:00 de este 16 de junio.
En una sesión realizada el 12 de junio, la comitiva aprobó por unanimidad correr traslado del desistimiento a la contraparte, de conformidad con el artículo 237 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).
Para ello, concedió un plazo de 24 horas al abogado David Norero, uno de los defensores de Álvarez, para que presente su criterio sobre la solicitud formulada por el denunciante.
Asimismo, la comisión dispuso notificar la resolución tanto al alcalde Aquiles Alvarez, a través de sus abogados Ramiro García Falconí y David Norero Calvo, como al propio Hugo Córdova Hidalgo.
Como parte de las actuaciones procesales, el organismo también incorporó al expediente el escrito probatorio presentado por la defensa del alcalde junto con doce anexos.
Además, solicitó al secretario municipal que certifique la documentación requerida por la defensa, para lo cual otorgó un término de 24 horas.
Con esta acción, el proceso de remoción permanece abierto mientras se cumple con el procedimiento establecido para el desistimiento. (I)































