Nueve meses después de haberse abierto la instrucción fiscal en el caso Magnicidio FV, la caducidad de la prisión preventiva que pesa sobre los siete procesados como presuntos autores intelectuales del crimen de Fernando Villavicencio se transforma en un tema cada vez más importante tanto para acusados como para acusadores.
Esto quedó en evidencia el 5 de junio pasado, cuando el juez penal de Pichincha Geovanny Freire intentó instalar la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio contra José Serrano, exministro de Rafael Correa; el llamado a juicio en el caso Metástasis Xavier Jordán; el exasambleísta de la Revolución Ciudadana (RC) Ronny Aleaga; el condenado a más de 34 años de prisión por actos de corrupción en el área pública de la salud y la justicia Daniel Salcedo; y tres cabecillas del grupo de delincuencia organizada (GDO) Los Lobos.
Tanto la fiscal del caso, Ana Hidalgo, como la defensa de las víctimas y acusadoras particulares en el caso Magnicidio, Amanda y Tamia Villavicencio, recordaron que se está a un tiempo corto de que opere la caducidad de la prisión preventiva en algunos casos y pidieron que se tenga en cuenta esa situación en el momento de suspender la audiencia y volver a convocarla.
Las defensas de Serrano y Luis Arboleda, integrante de Los Lobos conocido con el alias de Gordo Luis, expusieron ante Freire que existía alguna información que había sido solicitada formalmente a la Fiscalía, como asistencias penales internacionales (API) a Estados Unidos, España y Colombia, cuyos resultados aún no han sido anexados al expediente. Para los abogados, esas API contendrían información vital para la teoría de defensa que van a presentar en la diligencia preparatoria de juicio.
Con ese antecedente, para evitar que se genere una nulidad procesal y precautelar el derecho a la debida defensa de las partes, el juez penal abrió un espacio hasta el 18 de junio próximo para que se incorpore la información solicitada y, días después, definió que la reinstalación de la diligencia se dé el 19 de junio siguiente, desde las 09:00.
La instrucción fiscal dentro del caso bautizado como Magnicidio FV arrancó el 3 de septiembre de 2025 con la orden de prisión preventiva para Aleaga y Salcedo, mientras que para Jordán y Serrano se dispuso la presentación periódica en la delegación diplomática de Ecuador en Miami, Estados Unidos, país donde radican ambos sospechosos.
Poco más de un mes después la situación cambió para Serrano y Jordán. Ante un pedido de sustitución de medida cautelar hecho por la Fiscalía, el 23 de octubre de 2025, la jueza de Pichincha en ese momento a cargo de Magnicidio, Luz María Ortiz, revocó la presentación periódica definida, dejando en su lugar la orden de prisión preventiva contra ambos.
En cambio, desde el 10 de febrero pasado, fecha en la que se realizó la audiencia de formulación de cargos y vinculación contra tres cabecillas de Los Lobos, está vigente una orden de prisión preventiva contra Wilmer Geovanny Chavarría Barré, alias Pipo; su hijastro Ángel Esteban Aguilar Morales, alias Lobo Menor; y Luis Arboleda, alias Gordo Luis.
La caducidad de la prisión preventiva en el COIP
El artículo 541 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente explica sobre la caducidad de la prisión preventiva que esta medida no podrá exceder de seis meses en los delitos de prisión sancionados con una pena de prisión de hasta cinco años, o de un año en los delitos de reclusión sancionados con una pena de cárcel mayor a cinco años. En el caso Magnicidio se aplicaría el segundo criterio, pues se investiga el delito de asesinato, figura penal que deja penas que van de los 22 a los 26 años de cárcel.
En la norma se define que el plazo para que opere la caducidad se contará a partir de la fecha en que se hizo efectiva la orden de prisión preventiva, aclarando que, dictada la sentencia, se interrumpirán estos plazos. Se indica que la orden de prisión preventiva caducará y quedará sin efecto si se exceden los plazos señalados, por lo que el juzgador ordenará la inmediata libertad de la persona procesada y comunicará de este particular al Consejo de la Judicatura.
Además, se resalta que si por cualquier medio la persona procesada evade, retarda, evita o impide su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad, esto es, por causas no imputables a la administración de justicia, la orden de prisión preventiva se mantendrá vigente y se suspenderá de pleno derecho el decurso del plazo de la prisión preventiva.
“El juzgador en el mismo acto que declare la caducidad de la prisión preventiva, de considerarlo necesario para garantizar la inmediación de la persona procesada con el proceso, podrá disponer la medida cautelar de presentarse periódicamente ante el juzgador o la prohibición de ausentarse del país o ambas medidas. Además, podrá disponer el uso del dispositivo de vigilancia electrónica. La persona procesada no quedará liberada del proceso ni de la pena por haberse hecho efectiva la caducidad de la prisión preventiva, debiendo continuarse con su sustanciación”, refiere el artículo 541 del COIP.
Con este panorama, la caducidad de la orden de prisión preventiva para Aleaga y Salcedo podría darse en septiembre de 2026, las relacionadas a Serrano y Jordán en octubre siguiente, mientras que las dispuestas contra alias Pipo, Lobo Menor y Gordo Luis en febrero de 2027. Cinco de los siete han apelado la orden de prisión preventiva. Salcedo no ha planteado ninguna acción de este tipo y Aleaga renunció a la apelación luego de haberla interpuesto.
Las posiciones de los abogados
Patricio Rosero, abogado de Tamia y Amanda Villavicencio, hijas del político asesinado, tiene claro que, si opera la caducidad de la prisión preventiva, el juzgador está obligado a disponer la inmediata libertad de la persona procesada, aunque anota que el problema está en que la norma prohíbe ordenar otra prisión preventiva en la causa en curso.
Más allá de este panorama, el defensor agrega que también está en manos del juez del caso y su criterio el definir si han existido trabas o dilaciones que hayan incidido en que se llegue a la caducidad de la prisión preventiva, abriendo así la posibilidad para que se suspendan los tiempos para que se dé la caducidad.
Ante señalamientos de que los pedidos hechos por los abogados de Serrano son actos dilatorios que buscaban que no se instale la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio en el caso Magnicidio, Eduardo León, abogado que integra la defensa del exministro del correísmo, rechazó las insinuaciones en esa línea y aclaró que el pedido hecho no tiene nada que ver con dilatar la audiencia, sino con contar con información relevante para ellos y su teoría de defensa.
“Nosotros no hemos buscado dilatar el proceso, aunque seguramente dirán que sí es así los acusadores particulares. (…) No es un mecanismo para poder dilatar esta audiencia. Se podrá decir, incluso, que buscamos que no deporten a José Serrano, pero les recuerdo que se le ha otorgado un CAT, que viene a ser un a garantía que otorgó una jueza estadounidense en favor de José Serrano en la que se prohíbe a las autoridades estadounidenses el deportarle a Ecuador porque corre riesgo su vida”, sostuvo León.
De su parte, Renato Montero, defensor de Daniel Salcedo, reconoce que existe el riesgo de que caduque la prisión preventiva ordenada, pero ve que la intención del juez del caso es cumplir con los pedidos de las partes para evitar nulidades, pero también definir tiempos exactos para que avance el procesamiento penal.
El abogado de la madre y de varios hermanos de Fernando Villavicencio, Edwin Romero, no descarta que estas “dilataciones innecesarias” desde las defensas de los procesados, en las que se informa que no habían llegado e ingresado al expediente tres API, sean una “argucia” para que opere la caducidad de la prisión preventiva.
“Ya hay una advertencia de uno de los abogados de los procesos que el 19 de junio que se va a instalar la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, dice que va a tomar contacto con uno de sus patrocinados en Estados Unidos y que no va a estar. Eso genera que son dilataciones innecesarias o podrían ser tomadas como argucias para que operen las caducidades de la prisión preventiva”, sostuvo Romero. (I)

































