
El Tribunal Contencioso Electoral admitió a trámite el recurso subjetivo contencioso electoral presentado por el partido Unidad Popular (lista 2) en contra de dos resoluciones del Consejo Nacional Electoral relacionadas con su participación en las elecciones seccionales de 2027. La causa quedó signada con el número 092-2026-TCE y está a cargo de la jueza Ivonne Coloma.
El partido enfrenta un proceso de cancelación de su registro permanente ante el Consejo Nacional Electoral, luego de que el organismo aprobara una resolución para dejar sin efecto su personería jurídica. La organización intentó revertir esa decisión mediante un pedido de corrección, pero el pleno del CNE lo negó con tres votos a favor y uno en contra.
El recurso fue presentado por Geovanni Atarihuana, director nacional y representante legal de Unidad Popular, quien impugnó las resoluciones PLE-CNE-1-20-5-2026 y PLE-CNE-1-26-4-2026, emitidas por el CNE y con las que se efectuó la cancelación de la organización política del registro electoral junto con el movimiento Construye.
Según el auto de admisión, la acción se sustenta en el numeral 15 del artículo 269 del Código de la Democracia, que permite recurrir resoluciones electorales que generen perjuicio a organizaciones políticas.
En el auto, la jueza Coloma dispuso que el CNE remita en un plazo de dos días el expediente administrativo íntegro relacionado con ambas resoluciones, incluidos informes técnicos, jurídicos y soportes digitales.
Además, el TCE aclaró que la causa será resuelta “en mérito de los autos”, aunque dejó abierta la posibilidad de pronunciarse más adelante sobre el pedido de audiencia de estrados solicitado por el movimiento político.
La providencia también establece que, por tratarse de materia electoral, la sustanciación correrá en días y horas hábiles continuas mientras dure el periodo electoral.
La dirigencia de UP busca la nulidad de la cancelación, argumentando supuestas irregularidades y extemporaneidad en el trámite del caso.
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