Con cuatro votos a favor, el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó las reformas al instructivo para el proceso de recepción de postulaciones, verificación de requisitos y calificación de candidaturas para la elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) 2027.

El organismo electoral sesionó la noche de este lunes, 27 de abril de 2026, de manera virtual, con la presencia de los consejeros Diana Atamaint (presidenta), Enrique Pita (vicepresdiente), Elena Nájera y Luis Cabrera, quienes votaron para la aprobación de estas reformas.

Entre los cambios se destacan las disposiciones para la acreditación de veedurías ciudadanas, la regulación de las distintas etapas del proceso de postulación, incluyendo requisitos, prohibiciones, inhabilidades, así como los mecanismos para la presentación de denuncias e impugnaciones, que permitirán definir el listado de postulantes para integrar el Consejo de Participación.

El documento tiene 36 artículos y está dividido en seis capítulos; tiene siete disposiciones generales, una disposición derogatoria y una final.

Sobre el alcance y tiempo de duración de las veedurías, el instructivo establece que el CNE convocará, acreditará y brindará acompañamiento a las veedurías nacionales e internacionales para vigilar el proceso de recepción de postulaciones de las candidaturas a consejeros del CPCCS; las mismas que serán temporales y durarán en funciones hasta la finalización de la etapa de impugnaciones.

El texto también precisa que la publicación de la convocatoria para la conformación de veedurías será a través de la página web www.cne.gob.ec y canales oficiales institucionales.

El documento establece cuatro requisitos para ser veedor:

  1. Ser de nacionalidad ecuatoriana;
  2. Estar en goce de los derechos políticos y de participación;
  3. Contar con amplia experiencia en participación ciudadana; y,
  4. Estar previamente organizados en un grupo de mínimo tres personas: por sus propios derechos, en el caso de que se trate de personas naturales; o, como delegados de una organización social legalmente reconocida o de instituciones del Sistema de Educación Superior.

El instructivo también fija seis requisitos para postularse como candidato a consejero del CPCCS. Estos son:

  1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano;
  2. Estar en goce de los derechos políticos y de participación;
  3. Haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación;
  4. Acreditar probidad notoria reconocida por el manejo adecuado y transparente de fondos públicos, para aquellas personas que los hayan administrado; desempeño eficiente en la función privada y/o pública, así como diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones;
  5. Acreditar trayectoria en organizaciones sociales, en participación ciudadana, en lucha contra la corrupción o reconocido prestigio que evidencie compromiso cívico y de defensa del interés general; y,
  6. Poseer título de tercer nivel legalmente registrado en el sistema de educación superior.

El artículo 30 de este instructivo señala que dentro del plazo previsto en el calendario electoral, la comisión verificadora revisará la documentación presentada para el cumplimiento de requisitos y verificará que las y los postulantes no se encuentren incursos en las prohibiciones o inhabilidades.

Esta mesa deberá elaborar un informe de verificación de requisitos y remitirlo al pleno del CNE.

Mientras que el artículo 31 establece que el Consejo Nacional Electoral conocerá el informe remitido por la comisión verificadora, en los plazos previstos en el calendario, y resolverá sobre la calificación e inscripción de candidaturas de aquellas postulaciones que hubieren cumplido con los requisitos legalmente previstos o sobre la negativa de inscripción, según corresponda.

“Las postulaciones serán renunciables hasta antes de que el pleno del Consejo Nacional Electoral conozca y resuelva la inscripción de candidaturas. Una vez calificadas e inscritas, las candidaturas serán irrenunciables”, precisa la norma.

De acuerdo con el calendario electoral, modificado por el CNE, las solicitudes de inscripción para la conformación de la Veeduría Ciudadana se recibirán entre el 4 y el 13 de mayo.

Mientras que el periodo de inscripción de candidaturas al CPCCS se desarrollará del 12 al 25 de junio de 2026.

Las elecciones de vocales del Consejo de Participación Ciudadana serán el 29 de noviembre de este 2026, junto con las elecciones seccionales de alcaldes, prefectos y vocales de juntas parroquiales.(I)



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