
El juez de la sala penal de la Corte Nacional de Justicia Marco Aguirre Torres pidió a la Asamblea Nacional que se autorice el inicio de un juicio penal en contra de la asambleísta Diana Jácome Silva, de la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), por supuesto delito de calumnia.
El proceso penal fue planteado por el asambleísta Juan Andrés González, de la bancada de oposición Revolución Ciudadana (RC). La conducta atribuida a la legisladora Jácome constituye un delito de acción privada.
La ley orgánica de la Función Legislativa en su artículo 111 determina que si la Asamblea no contesta dentro del plazo de 30 días el pedido del juez, se entenderá como concedido. La fecha de ingreso de la solicitud del juez a la Asamblea Nacional tiene 27 de marzo de 2026.
La querella penal contra Jácome tiene relación con los hechos registrados en la sesión n.º 067 del pleno de la Asamblea Nacional, desarrollada el 5 de febrero de 2026, cuando la querellada habría incurrido en conductas que exceden el legítimo ejercicio del debate parlamentario, convirtiendo la descalificación personal, la amenaza velada y la humillación en herramientas sistemáticas de intervención política.
González recoge en la querella las expresiones de la asambleísta Jácome, quien según él, dirigiéndose a la bancada de oposición Revolución Ciudadana, dijo: “… les recomiendo que usen una buena pijama por cualquier cosa, y espero que encuentren una buena habitación en la Cárcel del Encuentro junto a Wilman Terán, a quien ustedes salvaron…“.
En la acción penal se señala que la expresión fue dirigida a un grupo específico de legisladores, entre los cuales se encontraba el asambleísta Juan Andrés González.
Esta frase emitida, dice el escrito, sugiere la inminencia de allanamientos y privación de libertad (“usen una buena pijama”); atribuye implícitamente la comisión de conductas delictivas; y, vinculada al querellante con el ciudadano Wilman Terán, quien registra sentencia penal, generando una asociación directa con actividades ilícitas.
Sostiene además que la conducta fue realizada de forma consciente y voluntaria, en un contexto de debate político, pero excediendo los límites de la crítica, con conocimiento de su capacidad de afectar el honor y reputación del querellante.
Con ello, la imputación ha generado afectación al honor y buen nombre del legislador Juan Andrés González, descrédito público y asociación indebida con hechos delictivos. (I)































