El pago mínimo de las tarjetas de crédito, cuotas que cubren más intereses que capital, un incremento sostenido de obligaciones en mora y la aplicación de recargos desproporcionados motivan a que la Asamblea Nacional trate estos temas en una reforma al Código Orgánico Monterario y Financiero que va a primer debate en el pleno.
El proyecto de ley incluye el derecho a la información y transparencia, para que las entidades del sistema financiero tengan la obligación de informar a sus clientes la metodología exacta de cálculo de las tasas de interés, costos y los componentes del crédito, y también el desglose detallado en los estados de cuenta del capital pendiente de la deuda y los intereses.
La Superintendencia de Bancos tendrá una nueva función: supervisar y controlar permanentemente la aplicación y cobro de las tarifas y comisiones por parte de las entidades financieras, servicios auxiliares y otras sujetas a su ámbito de competencia, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales.
Para aplicar la tasa de interés por mora se definen tres reglas:
- Se aplicará solo sobre el valor del capital de la cuota o cuotas vencidas e impagas. “Se prohíbe toda maniobra que busque esconder bajo un acto o contrato legítimo la práctica ilícita de cobrar interés sobre interés, denominado anatocismo”.
- El interés de mora empezará a devengarse a partir del día inmediato siguiente a la fecha de vencimiento de la obligación pactada. Dicho cálculo cesará de forma automática al momento del pago total de los valores en mora, en los casos que apliquen.
- Bajo ninguna figura contractual o de aceleración de pagos se podrán liquidar intereses de mora, multas, penalidades o recargos adicionales sobre el valor del capital que aún no haya vencido.
Por capital vencido se entenderá el componente de capital contenido en cada cuota cuyo plazo de pago hubiere expirado sin que se produzca su cancelación.
Y en el artículo 255 del código se sustituye el numeral 12 que actualmente prohibe cobrar intereses de mora o multas sobre capital no vencido, y se plantea que “en las operaciones de crédito otorgadas a través de tarjetas de crédito donde se han pactado pagos mínimos, cumplido esto no cabe el cálculo de intereses de mora”.
Así se quiere establecer mecanismos normativos para una adecuada aplicación de intereses moratorios e instrumentos que fomenten procesos de refinanciamiento y facilidades de pago bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y sostenibilidad financiera.
Estos cambios entran a debate porque “en los últimos años se han evidenciado múltiples problemáticas estructurales dentro del sistema financiero nacional… El incremento sostenido de obligaciones crediticias en mora y la aplicación de recargos desproporcionados han colocado a numerosos ciudadanos y pequeños actores económicos en situaciones de sobreendeudamiento, dificultando su recuperación económica y limitando su acceso futuro al crédito», consta en la exposición de motivos del proyecto de ley.
El proyecto también plantea reformas para la restitución de ahorros y protección de los socios en la liquidación forzosa de cooperativas. Y el mercado de valores.
La reforma busca establecer disposiciones que permitan regular de manera más adecuada la aplicación de intereses de mora dentro del sistema financiero, fortalecer mecanismos de refinanciamiento y facilidades de pago para deudores, garantizar mayor protección a los ahorros y acreencias de personas naturales dentro de procesos de liquidación forzosa de entidades financieras y cooperativas, establecer criterios más claros respecto a la prelación preferente de determinadas acreencias relacionadas con depósitos de personas naturales.
Además de fortalecer disposiciones aplicables al mercado de valores orientadas a mejorar la transparencia, confianza y funcionamiento del sistema financiero nacional; y dotar de mayor coherencia normativa a los mecanismos fiduciarios vinculados a bienes provenientes de instituciones financieras en liquidación.
Todo esto va en la línea de reforzar el marco de protección de los ciudadanos dentro del sistema financiero nacional, corregir vacíos regulatorios identificados en la práctica, fortalecer la confianza en las instituciones financieras y promover un sistema financiero más justo, transparente, eficiente y orientado al interés público, de acuerdo a las motivaciones del proyecto de ley que empezará su primer debate este jueves 2 de julio del 2026 en el pleno legislativo. (I)

































