Los alcaldes y prefectos que paralicen, abandonen o suspendan sin justificación la ejecución de obras públicas iniciadas por sus antecesores podrían ser destituidos del cargo de aprobarse una de las reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), que actualmente se tramita en primer debate en el pleno de la Asamblea Nacional.

Uno de los cambios al Cootad propone incorporar una nueva causal de remoción para las autoridades de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados. La iniciativa plantea modificar el artículo 333 de la norma para sancionar a alcaldes y prefectos que paralicen o abandonen, sin justificación, obras públicas contratadas o en ejecución, iniciadas por administraciones anteriores.

El pleno de la Asamblea Nacional inició el jueves 16 de julio de 2026 el primer debate de un paquete de 18 reformas al Cootad. Entre los cambios también constan modificaciones a los artículos 58 y 88, relacionados con el fuero de corte provincial de los concejales y su atribución para presentar proyectos de ordenanza.

La sesión fue suspendida y se reanudará el próximo martes 21 de julio, según anunció el presidente encargado de la Asamblea, Esteban Torres.

Debate sobre el fuero y las atribuciones de los concejales

Durante el debate, la presidenta de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio, Lucía Pozo (ADN), defendió las reformas a los artículos 58 y 88 del Cootad. Aseguró que los cambios no eliminan atribuciones de los concejales, sino que actualizan la legislación para armonizarla con la Constitución.

La legisladora sostuvo que la reforma ha sido “descontextualizada” por sectores de la oposición y por algunos medios de comunicación.

Respecto a la facultad de presentar proyectos de ordenanza, explicó que esta competencia se mantiene dentro del nuevo texto como parte de las funciones de legislación y fiscalización.

En cuanto al fuero de corte provincial, previsto en el artículo 58 de la normativa vigente, Pozo afirmó que su inclusión en el Cootad responde a un error legislativo, ya que este derecho está reconocido en el artículo 108 del Código de la Democracia para todas las autoridades elegidas por votación popular.

«No se elimina el fuero de corte de los señores concejales, porque en el artículo 108 del Código de la Democracia ya está definido como un derecho de todos los candidatos que hayan sido electos“, manifestó.

Además, anunció que impulsará una reforma al artículo 208 del Código Orgánico de la Función Judicial para que el reconocimiento del fuero de corte conste expresamente para todas las autoridades electas, incluidos los concejales.

Legisladores piden mantener el texto vigente

El legislador Pablo Jurado (independiente) reconoció que la legislación puede ser perfeccionada, pero planteó conservar la redacción vigente del artículo 58 sobre el fuero de corte provincial de los concejales. También solicitó mantener expresamente la atribución de presentar proyectos de ordenanza.

“Lo que abunda no estorba ni hace daño”, señaló durante su intervención.

En la misma línea se pronunció Samuel Célleri (independiente-antes del PSC), quien aclaró que sus observaciones no se centran en los nuevos derechos que incorpora la reforma, sino en aquellos que dejan de constar de manera expresa.

A su criterio, los nuevos textos de los artículos 58 y 88 deberían complementar, y no reemplazar, la normativa vigente, con el fin de preservar atribuciones fundamentales como la presentación de proyectos de ordenanza y el reconocimiento del fuero de corte provincial.

Célleri sostuvo que, si bien desde la técnica legislativa puede argumentarse que estos derechos ya están previstos en otras normas, desde la perspectiva de la seguridad jurídica es preferible que permanezcan expresamente recogidos en el Cootad.

“Ello permitirá que cualquier ciudadano o concejal conozca con claridad el alcance de sus competencias sin necesidad de acudir a una interpretación sistemática de distintos cuerpos legales”, indicó.

El legislador también respaldó la propuesta de reformar el artículo 208 del Código Orgánico de la Función Judicial, debido a que actualmente omite a los concejales entre las autoridades que gozan de fuero de corte.

Nueva causal de remoción por abandono de obras

Lucía Pozo, asambleísta de ADN y presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización Competencias y Organización del Territorio. Cortesía Foto: Fernando Sandoval

El proyecto también incorpora un nuevo literal al artículo 333 del Cootad para establecer como causal de remoción de alcaldes y prefectos la paralización, abandono o falta de continuidad injustificada de obras públicas con contrato vigente o en ejecución, incluidas aquellas planificadas o iniciadas por administraciones anteriores.

La propuesta señala que la causal se configurará cuando esa conducta comprometa la prestación de servicios públicos esenciales o provoque un perjuicio económico al Estado, evidenciado, entre otros aspectos, por la pérdida de garantías contractuales o el deterioro de infraestructura y bienes públicos que permanezcan sin utilizar.

No obstante, la reforma establece excepciones. La remoción no procederá cuando la suspensión o terminación de una obra esté respaldada por informes técnicos, jurídicos y financieros debidamente motivados, emitidos por las unidades competentes, y responda a causas de fuerza mayor, caso fortuito, incumplimientos del contratista o una inviabilidad técnica sobrevenida.

La asambleísta Lucía Pozo defendió esta modificación al señalar que busca proteger el interés ciudadano y garantizar la continuidad de las obras públicas, independientemente del cambio de autoridades.

Según explicó, la reforma impedirá que nuevas administraciones paralicen proyectos por diferencias políticas o personales con sus antecesores.

“Las nuevas autoridades electas no podrán abandonar la ejecución de una obra que estaba realizando su antecesor por intereses políticos, vendettas o venganzas, porque quienes pagan las consecuencias son los ciudadanos”, sostuvo.

Agregó que las autoridades estarán obligadas a dar continuidad a las obras y servicios públicos iniciados por la administración anterior, salvo que existan razones técnicas o legales que justifiquen su suspensión.

Evitar que se pierdan recursos públicos

La legisladora Carmen Tiupul (antes de Pachakutik) respaldó la propuesta y cuestionó que las disputas políticas terminen afectando a la ciudadanía.

Afirmó que, en numerosos casos, una administración deja planificadas obras y recursos asignados, pero las nuevas autoridades deciden abandonarlas para no dar continuidad a proyectos impulsados por sus predecesores.

“La más perjudicada siempre termina siendo la gente”, expresó.

Añadió que las autoridades que asumen un nuevo periodo administrativo deben garantizar la continuidad de las obras públicas, recordando que estas se financian con recursos del Estado y no pertenecen a ninguna autoridad en particular.

“Las obras son hechas con dineros de los ecuatorianos y no le pertenecen a ningún prefecto, alcalde o gobierno parroquial”, concluyó. (I)



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