En un tercer intento, el Consejo Nacional Electoral (CNE) alcanzó finalmente los votos necesarios para iniciar el proceso de cancelación del partido Unidad Popular (lista 2) y del movimiento Construye (lista 25), en medio de una sesión marcada por los llamados a la comprender que esto no es una sanción directa si no el inicio de un proceso que está regulado en la norma electoral.

El pleno se instaló pasadas las 09:30 de este jueves 26 de marzo de 2026, con la participación de cuatro consejeros: Diana Atamaint, José Merino, José Cabrera y, por primera vez, María Cristina Kronfle.

Para la cancelación de Unidad Popular se lograron tres votos a favor y una abstención -por parte de Cabrera- del informe técnico-jurídico, mientras que el inicio de la cancelación de Construye se aprobó por unanimidad.

Ambos informes aprobados contemplan que las organizaciones políticas tendrán un plazo de 10 días para presentar sus descargos y observaciones.

Durante su intervención, Kronfle cuestionó actuaciones pasadas dentro del organismo y pidió “coherencia, ética y sentido común” en el ejercicio de la función pública, en referencia a desacuerdos previos entre consejeros.

También advirtió sobre la necesidad de que el CNE actúe con transparencia frente a la ciudadanía:

“El pueblo ecuatoriano merece verdad (…) estas actuaciones no representan lo que significa el CNE ni lo que tenemos que hacer dentro de este organismo técnico electoral”, sostuvo.

Sus declaraciones se dieron en medio de críticas a discusiones internas y a lo que calificó como disputas que no aportan a la institucionalidad del organismo.

Los informes presentados por las áreas técnicas y jurídicas del CNE concluyen que ambas organizaciones incumplen con el mínimo de afiliados o adherentes exigido por la ley.

En el caso de Construye, se determinó que no registra un solo adherente permanente en la base de datos del organismo electoral, lo que lo ubica muy por debajo del umbral requerido.

Para Unidad Popular, el informe señala que cuenta con poco más de 31.000 afiliados, cifra que también está por debajo del mínimo exigido.

El Código de la Democracia establece que las organizaciones políticas deben mantener al menos el 50 % del número de afiliados o adherentes con el que se inscribieron originalmente para conservar su personería jurídica.

Durante la sesión, el consejero Merino argumentó su voto a favor señalando que el incumplimiento del número mínimo de adherentes constituye una causal directa para iniciar la cancelación.

Por su parte, Cabrera explicó que, en el caso de Construye, el registro actual de cero adherentes evidencia claramente la causal prevista en la normativa electoral, por lo que corresponde activar el procedimiento, garantizando el debido proceso.

Uno de los puntos que generó mayor énfasis durante la sesión fue el manejo de recursos públicos. Kronfle advirtió que el cumplimiento de requisitos no solo es una obligación legal, sino también una condición para acceder al financiamiento estatal.

Señaló que el fondo partidario permanente —que bordea el millón seiscientos mil dólares— debe entregarse únicamente a organizaciones que cumplan con la normativa, subrayando que:

“No se puede entregar dinero sin cumplir con los requisitos (…) las decisiones no son en contra de los partidos, sino a favor de la legalidad y del dinero del pueblo ecuatoriano”.

En los días previos, tanto Unidad Popular como Construye habían rechazado el intento de cancelación.

Desde Construye se denunció que el proceso tendría motivaciones políticas, al afirmar que se busca “silenciar a todo aquel que no es funcional al Gobierno”, incluyendo actores políticos, periodistas y organizaciones sociales.

Por su parte, la dirigencia de Unidad Popular han mencionado que no van a permitir que con “leguleyadas” se los eliminen del registro electoral. Su presidente, Geovanni Atarihuana ha asegurado que en los últimos seis años el partido posee certificadas 206.000 afiliaciones.

Con esta decisión, el CNE inicia formalmente el procedimiento de cancelación de ambas organizaciones políticas. El proceso incluye la notificación oficial y la apertura del periodo de 10 días de plazo para que presenten sus descargos.

La resolución final para la cancelación de ambas organizaciones dependerá de la evaluación de esos argumentos y del cumplimiento o no de los requisitos establecidos en la ley electoral.

(I)



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