Más de 160 amicis curiae a favor y en contra de la firma del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) entre Ecuador y Emiratos Árabes Unidos ha recibido la Corte Constitucional (CC) para aportar con criterios técnicos y jurídicos, respecto de su constitucionalidad.

La administración de Daniel Noboa suscribió el 6 de diciembre de 2025 el ‘Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Árabes Unidos y el de la República del Ecuador para la promoción y protección recíproca de inversiones’, que se aplicará a las inversiones que se hagan en los dos territorios para un periodo de diez años.

La discusión se concentra en las disposiciones para resolver posibles controversias que permitirán recurrir a los tribunales arbitrales internacionales.

En el expediente constan, por lo menos, 165 amicis curiae que piden a los jueces declarar la inconstitucionalidad del tratado y que haya un pronunciamiento de la Asamblea Nacional, porque se vulneraría el artículo 422 de la Constitución.

Este ordena que no se podrán celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.

Al respecto, el acuerdo señala, entre otros artículos, que en caso de que una controversia no pueda resolverse mediante consultas y negociación dentro de los seis meses contados desde la fecha en que el demandante solicitó por escrito al demandado la realización de consultas y negociaciones sobre una controversia en materia de inversión, el demandante podrá someter la controversia a arbitraje.

Hay otros escritos planteados por las cámaras y asociaciones de empresarios que sugieren a la Corte que no se requiere pronunciamiento legislativo para su vigencia y debe ser aprobado.

En el Palacio de Gobierno se insta a los magistrados a que consideren la urgencia de su pronunciamiento para que Ecuador se beneficie de las inversiones.

El secretario jurídico de Carondelet, Enrique Herrería, exjuez de la CC, recordó que la jueza Claudia Salgado, quien conoce el caso, debe elaborar su proyecto de dictamen para enviarlo a los ocho jueces, quienes tendrán diez días para hacer sus observaciones y someterlo a aprobación.

Aseguró que este es un tratado que no se contrapone al artículo 422 de la Constitución, por lo que confía en que tendrá un fallo favorable.

En una entrevista radial, el miércoles pasado, Herrería detalló que para los próximos doce o 18 meses se espera que ingresen más de $ 2.000 millones de inversión para estimular dos sectores: la explotación petrolera y la agrícola.

“No hay posibilidad de desestimar el acuerdo de inversión, y esperamos que sea lo más rápido porque así las exigencias lo demandan”, dijo Herrería.

QUITO (28-01-2026).- El secretario jurídico de la Presidencia, Enrique  Herrería, entregó en la Secretaría de la Asamblea Nacional dos proyectos de leyes económicas urgentes. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Los beneficios del Acuerdo de Inversiones

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, en el informe técnico enviado a la CC, refiere que de los acercamientos con los Emiratos Árabes Unidos, este último tendría interés en construir una planta de bioetanol con financiamiento privado de la empresa Blue Five Capital, para producir etanol con fermento de arroz.

También hay interés en acceder a terrenos, que pertenecían a la extinta Secretaría de Ciencia y Tecnología (Senescyt), para el cultivo y exportación de alimentos en Imbabura.

Se planea habilitar un corredor tecnológico en Cuenca con cooperación del Gobierno emiratí; y, hay interés en proyectos hidrocarburíferos y, es más, no se descarta la posibilidad de repotenciar refinerías o construir una nueva.

En apoyo a este acuerdo, José Hidalgo, representante de la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE), indica a la CC que la inversión extranjera permitirá ingresos al país porque tendrá un impacto relevante a través de la generación de empleos adicionales.

Hidalgo ejemplificó que, en el 2024, Ecuador tuvo ingresos de $ 443 millones por inversión extranjera directa. Pero ese valor está por debajo de lo que se registró en la última década que fue de $ 868 millones; y, por debajo de otros países, como Colombia que alcanzó $ 13.700 millones en inversión extranjera directa y Perú $ 6.700 millones en el mismo periodo.

Según la AEBE, este instrumento no cede jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, ni da competencias propias del orden jurídico interno a un organismo internacional o supranacional.

El objeto es someter a arbitraje las controversias por la posible vulneración de estándares convencionales de protección y, en el caso de Ecuador, los jueces y tribunales no cuentan con la competencia establecida para determinar la existencia de responsabilidad por la inobservancia y/o incumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados, argumentó Hidalgo en su amicus curiae.

El Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), presidido por Luis Salvador, detalló en un documento que el arbitraje internacional “no desplaza la jurisdicción de los tribunales ecuatorianos para conocer disputas comerciales o contratos regidos por la ley nacional”.

Al contrario, se limita a juzgar obligaciones asumidas a nivel internacional, tales como el trato justo y equitativo o la protección y seguridad plenas.

En ese contexto, el tratado refuerza “la soberanía nacional al establecer un arreglo amistoso como una etapa obligatoria y previa a cualquier instancia litigiosa”.

En lo económico, el Comité refiere que la suscripción de este documento sería una oportunidad para que Ecuador incremente las exportaciones al Medio Oriente.

Se menciona que en el 2024 se exportó por $ 261’000.000, apenas, el 0,1 % del total de compras al exterior que hacen los Emiratos Árabes Unidos.

Lo que exporta principalmente es oro (con una participación del 41 %), banano (30 %), camarones (18 %), flores naturales (5 %), café industrializado (2 %) y plata (1 %).

Grupos de la sociedad civil piden la inconstitucionalidad

Entre las decenas de escritos ‘amigos de la Corte’, los contenidos son similares y los que los firman son, en su mayoría, ciudadanos que por iniciativa propia proponen que se declare la inconstitucionalidad del TBI.

Alegan que en el 2024, el presidente Noboa convocó a un referéndum y consulta popular en el que la población le dijo que no a la posibilidad de reformar la carta política para permitir los arbitrajes internacionales.

Sobre ese eje, piden a la CC que la Asamblea Nacional se pronuncie, que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 19 al 26, en los que se contempla la solución de controversias mediante tribunales de arbitraje.

Un escrito lo presentó la organización ambientalista Acción Ecológica, que pide se declare la inconstitucionalidad porque se “suscribe con un país cuyas políticas ambientales distan mucho de las del Ecuador” y pone en riesgo las garantías de protección ambiental y de la naturaleza.

Advierten que habría un acaparamiento de ecosistemas frágiles, como bosques, páramos, manglares y especies.

Otro escrito lo ingresó Ladan Mehranvar, investigadora del Centro de Columbia sobre Inversión Sostenible de la Universidad de Columbia (Estados Unidos), quien teme que este acuerdo se convierta en la “cesión de jurisdicción soberana a instancias de arbitraje”, y sugiere se declare la inconstitucionalidad.

El legislador de la Revolución Ciudadana (RC) Luis Molina solicitó a la CC que emita un dictamen que disponga que el acuerdo requiere aprobación legislativa; y, a la par, su coideario Comps Córdova recusó a la jueza Salgado.

Estado del trámite

Los tratados internacionales requieren de un dictamen de la Corte Constitucional sobre la necesidad de aprobación de la Asamblea Nacional y el control constitucional antes de la aprobación legislativa.

El fin es observar que su contenido esté acorde con las disposiciones contempladas en la Constitución.

La causa está en conocimiento de la jueza Claudia Salgado, quien debe preparar el proyecto de dictamen para conocimiento y resolución de los ocho jueces restantes.

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional concede un término de 30 días para pronunciarse y, si no lo hace, se entenderá que fue aprobado.

Como parte de la sustanciación, Salgado concedió un término de quince días a la Presidencia de la República para que presente el TBI íntegro y en los tres idiomas: inglés, español e inglés, debido a errores en la traducción.

El secretario jurídico, Enrique Herrería, envió el documento (fe de erratas) el 11 de febrero, para que se continúe con la sustanciación.

No obstante, la magistrada no ha dispuesto nuevas providencias, y tampoco ha convocado a una audiencia pública para escuchar a los amicis curiae. (I)



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