El exvicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, no será trasladado a un hospital desde la cárcel del Encuentro, como era su intención.

A las 17:15 de este 28 de diciembre de 2025, el juez de la Unidad Judicial del cantón La Libertad (Santa Elena), Jean Valverde Guevara, negó el recurso de habeas corpus interpuesto por el ciudadano Dean Dueñas, a favor de Jorge Glas, exvicepresidente de la República en las presidencias de Rafael Correa y Lenín Moreno, y que cumple dos sentencias por hechos de corrupción en la cárcel del Encuentro, ubicada en Santa Elena.

Después de analizar los argumentos expuestos por las partes procesales —tras dos días de audiencias que se desarrollaron el viernes y sábado últimos—, Valverde precisó que el recurso no se adecua a las reglas jurisprudenciales establecidas por la Corte Constitucional (CC) para conceder estas garantías jurisdiccionales.

“No existe vulneración a los derechos constitucionales”, concluyó el juez y declaró improcedente el pedido de habeas corpus correctivo.

Con esta garantía jurisdiccional se pretendía que Jorge Glas sea trasladado a un hospital o centro de salud para que se atiendan sus 18 enfermedades, entre ellas, una espondilitis anquilosante (artrosis crónica), conductas autolíticas que lo “llevan a intentar suicidarse”.

La defensa técnica de la exautoridad reclamó que desde el 10 de noviembre pasado, que fue trasladado de la cárcel La Roca de Guayaquil a la del Encuentro, su cuadro médico se agravó.

Como por ejemplo, ha experimentado cólicos renales y le están apareciendo “hongos en los pies y piernas por la humedad y la falta de luz natural”; además, que se le redujo las porciones de alimentos y no le suministran agua filtrada.

Pedían que se adecuen paredes divisorias en su celda, ya que comparte el espacio con dos reos y no tiene privacidad para hacer sus deposiciones y bañarse; además, que hay una cámara de audio y video prendida todo el tiempo observándolos.

Los abogados representantes del Ministerio de Salud Pública (MSP), accionado en la causa, detallaron que Glas ha recibido 567 atenciones médicas desde abril de 2024; y de estas, 40 se dieron entre el 11 de noviembre a la fecha.

El juez Valverde argumentó, entre otros aspectos, que una de las pruebas que presentó el Servicio Nacional de Atención Integral (SNAI) a las personas privadas de la libertad, que también fue accionado, estaba un informe de la Defensoría del Pueblo, en el que se detalla que Jorge Glas tiene en su celda una cama, ropa, artículos de limpieza e incluso, facilidades para reunirse con sus abogados semanalmente.

Este domingo, la diligencia se instaló únicamente para conocer la decisión del juez Valverde y, al concluir, el abogado de Glas, Andrés Villegas, apeló a esta resolución. (I)



Source link

Artículo anteriorLas eléctricas prevén operar con el recargo antiapagón en la factura de la luz durante casi todo 2026 | Economía