El Gobierno ha sufrido este jueves una nueva derrota en el Congreso al tratar de sacar adelante por segunda vez el escudo social que decayó con el decreto ómnibus. Con los anunciados votos en contra de PP, Vox y Junts ―los mismos tres partidos que rechazaron la primera propuesta―, las medidas sobre vivienda no han salido adelante, toda vez que el Ejecutivo despiezó el decreto ley anterior en varios paquetes normativos y agrupó aquellas relacionadas con la vivienda en uno de ellos.

De entre las medidas destaca, por ser la que ha causado más revuelo político, la prolongación de la moratoria antidesahucios para inquilinos en situación de vulnerabilidad. La prórroga se concibió por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, y se trata de una salvaguarda que ha estado activa desde la pandemia, aunque se ha modificado ligeramente en las sucesivas prórrogas. De hecho, el último texto presentado también incorporaba un cambio: se excluyó a los arrendadores que posean una o dos viviendas quedan de la obligación de aceptar la moratoria. Esto es, podrían desahuciar a los inquilinos que no paguen sus rentas pese a que se encuentren en situación de precariedad, dejando en manos de los servicios sociales la labor de encontrar una solución habitacional a los arrendatarios. La modificación fue un reclamo del PNV para garantizar su aprobación, pero no ha servido para atraer a Junts.

La Moncloa ha defendido desde el principio que la moratoria era esencial para dar una solución a miles de ciudadanos que no tienen medios para hacer frente al pago de su alquiler por circunstancias sobrevenidas. Y rechaza el discurso, extendido por buena parte de la derecha política, que califica a los inquilinos que no pagan el alquiler y siguen residiendo en la vivienda como inquiokupas. Pero, ¿Cuántas ocupaciones hay en España? ¿Cuántos desahucios? ¿Y cuántos son los inquilinos vulnerables? Los siguientes datos radiografían la situación actual de estos fenómenos que afectan a la vivienda en España.

Desahucios en 2024, un repunte lejos de máximos

Calificar y cuantificar el número de familias vulnerables que no puede pagar su alquiler no resulta sencillo. La Encuesta de Condiciones de Vida el INE ofrece algunos resultados que permiten aproximarse a este concepto: define el umbral de riesgo de pobreza cuando los ingresos de una persona u hogar no alcanzan el 60% de la renta mediana (que no es la renta media, sino la que marca la división entre los colectivos con más y menos ingresos). Aplicando este criterio sobre la población que vive de alquiler, los resultados vienen siendo similares en los últimos años: tres de cada diez personas están en riesgo de pobreza.

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Esta delicada situación financiera de muchos inquilinos, que se enfrentan a un mercado en que los precios casi se han duplicado en el último decenio, se traslada al número de desalojos, que han crecido en los últimos tiempo. En 2024 (los datos de 2025 aún no se conocen) se practicaron 27.564, un 3,4% más que en 2023, de acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La cifra, sin embargo, queda muy por debajo de los más de 60.000 que se ejecutaban anualmente en los años que siguieron a la Gran Recesión.

Pero el contexto entonces era muy distinto. Al desagregar los datos se observa que actualmente la mayoría de los desahucios, el 74,5%, se deben a impagos del alquiler, mientras otro 18,4% es por ejecuciones hipotecarias. Los desahucios por impago del alquiler, un reflejo de las dificultades de los inquilinos, han ido aumentando su proporción sobre el total año a año en la última década: en 2014 representaban el 53% de todos los lanzamientos.

Barras apiladas

Según los datos que manejan organizaciones como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), el Sindicato de Inquilinas e incluso Amnistía Internacional ―y comparte el Gobierno―, el rechazo de la nueva moratoria afecta a 60.000 familias de hogares vulnerables.

Al no existir una base de datos actualizada sobre viviendas en alquiler en España ―la estimación general más aproximada la ofrece el INE y las cuantifica en cerca de cuatro millones―, es imposible determinar en cuántas de ellas residen estas familias vulnerables. Tampoco se puede saber si los propietarios de sus pisos pertenecen al grupo de tenedores con uno o dos inmuebles. Pero al decaer el decreto, ese detalle carece de importancia porque la moratoria dejará de aplicarse en todos los casos.

Okupación: allanamiento y usurpación

La okupación ilegal se suele medir con datos del Ministerio del Interior, de la Fiscalía General del Estado y del INE. Pese a que todos ellos están relacionados entre sí, ninguna tabla ofrece ―como sucede con otras estadísticas en materia de vivienda―, un resultado 100% actualizado, lo que impide un diagnóstico preciso. Además, los cambios legales en la Ley de Seguridad Ciudadana pueden haber alterado la estadística, ya que, años después de su lanzamiento, empezó a computar otro tipo de delitos y sanciones.

Los mejores datos para medir el fenómeno son los hechos conocidos por el Ministerio del Interior, es decir, las denuncias que registran la policía nacional y las fuerzas de seguridad autonómicas. Hay que tener en cuenta que el Código Penal no habla de okupación como tal, sino que la asimila a la usurpación (la entrada en un inmueble deshabitado, normalmente sin violencia, y contra la voluntad del propietario, que no vive en él). El allanamiento de morada, por el contrario, está legalmente definido de otra forma, y se da cuando alguna persona entra o permanece en una vivienda habitada sin permiso. En este caso se considera un delito grave, y toda vez que el propietario acredita que se trata de su morada, el episodio se debe resolver con un desalojo en 24 horas.

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Entre los años 2023 y 2024, el último ejercicio con datos disponibles, los hechos conocidos de allanamientos y usurpaciones crecieron en España un 7,4%, al subir de 15.289 a 16.426. Se trata del primer incremento en tres años, y el más elevado porcentualmente desde 2021, cuando fue del 16,8%.

Para comprender la medida del fenómeno hay que englobarlo en el contexto criminal español. Las infracciones penales que registró el Ministerio del Interior en 2024 fueron más de 2,4 millones: las usurpaciones y allanamientos suponen menos de un 0,7% de los hechos conocidos por las fuerzas de seguridad.

Los registros de Interior también especifican el número de personas detenidas e investigadas por delitos relacionados con la okupación. En 2020, la serie estadística comenzó a computar los datos de Cataluña, lo que multiplicó considerablemente el volumen total, y desde entonces en los últimos años la cifra ha oscilado alrededor de las 10.000 detenciones. En 2024 se superó esta barrera hasta alcanzar los 11.133 sujetos involucrados, la cifra más elevada en más de una década. Otro dato a tener en cuenta para el impacto estadístico de la okupación (sumando allanamientos más usurpaciones) es que, teniendo en cuenta que en España hay algo más de 27 millones de viviendas, este fenómeno afecta a un 0,06% de ellas.

Columnas múltiples

En cuanto al cómputo de personas afectadas por este tipo de delitos, la cuantía final también ha ido creciendo con el tiempo, hasta situarse en su último recuento en las 7.756 víctimas. Tanto en la métrica sobre detenciones como en esta, los resultados tienen que ver con las personas involucradas, lo que no permite conocer con estas variables el número concreto de episodios en los que estuvieron envueltos cada uno de ellos.

Condenados por okupas

El INE, por su parte, ofrece resultados por categorías de acuerdo con las condenas en las que han derivado las denuncias presentadas (las que contabiliza Interior). Sus últimos datos también son de 2024. Respecto a las usurpaciones, su volumen pasó de 2.874 a 3.301, un 14,85% más; un porcentaje, sin embargo, inferior a las que registraron las referidas a allanamientos (+26,6%), que se incrementaron de 218 a 276. Este último registro es también el más elevado de los últimos seis años, desde 2018, cuando la cifra fue de 285.

José García Montalvo, catedrático de Economía en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, explica que detrás de una aparente estabilización en el número de delincuentes se encuentra un modelo de negocio. “No buscan okupar los inmuebles para quedarse en ellos, sino que entran y piden dinero a los propietarios para abandonarlos”, comenta. El experto también matiza que en este grupo de infractores hay “mucha rotación”, y que juega a su favor la letanía en la que tienden a convertirse la mayoría de los procesos de lanzamiento ―como se conoce técnicamente a los desalojos―, lo que provoca que muchos propietarios prefieran pagar para recuperar sus viviendas.

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Mayor impacto en Cataluña

Las métricas oficiales evidencian que el fenómeno de la okupación ilegal, más allá de reproducirse por distintas zonas del país, impacta más sobre algunos territorios que otros. La provincia de Barcelona, por ejemplo, concentra un tercio de los hechos conocidos en 2024, con 5.077, muy por delante de Madrid (1.451) y Girona (940). Sin embargo, tomando como referencia la tasa por cada 100.000 habitantes, Girona encabeza la lista (114,5) seguida de Tarragona (91,1) y Barcelona (86,4). Estos resultados evidencian que la mayor tensión sobre el problema de la okupación se concentra en la zona noreste del país, y en núcleos urbanos con una mayor densidad de población.

Mapa coroplético

La ‘inquiokupación’

De un tiempo a esta parte, asociado al problema de la okupación ilegal, pero como si se tratase de una rama alternativa, ha arraigado en el debate público el concepto de la inquiokupación, que se refiere a aquellas personas que dejan de pagar el alquiler después de firmar el contrato de entrada, y que se niegan a abandonar la propiedad alegando situación de vulnerabilidad. Sin embargo, a nivel estadístico, no existe una tabla que contabilice este fenómeno (enarbolado por los partidos de la derecha como uno de los principales problemas del momento), que se mezcla en las tablas con los resultados referidos a la okupación.

Una vía para intentar aproximarse con datos a esta situación es revisar el número de sentencias estimatorias —total o parcialmente— que se han producido a denuncias del casero contra el inquilino por falta de pago de la renta o de la fianza. El CGPJ sigue esta serie, y muestra que el número mantiene una senda descendente: de 14.514 en 2021 a 13.503 en 2022, 10.805 en 2023 y 10.154 en 2024. En cuanto a 2025 solo hay datos de los tres primeros trimestres, 7.630, algo más de los 7.560 que se dieron en el mismo periodo del año anterior.

Condenas por impago de rentas o fianzas (Gráfico de columnas)

“Se está hablando de este fenómeno como algo actual, y lo cierto es que viene sucediendo desde hace muchos años”, recalca Montalvo. En su experiencia, el fenómeno de alquilar una vivienda y dejar de abonar la mensualidad al poco tiempo viene siendo un problema crónico que “siempre ha sido muy difícil de resolver” para los propietarios. De hecho, “aunque no se hubiera producido ninguna okupación nunca, basta con que el propietario sienta el miedo de que le puede pasar para que decida salirse del mercado del alquiler”, reflexiona.



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