
España lleva años convirtiéndose en el set de rodaje de grandes proyectos cinematográficos internacionales gracias a los incentivos fiscales aplicables a estas inversiones. “Aspiramos a convertirnos en el Hollywood de Europa”, afirmó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en julio 2021 cuando visitó los estudios Universal durante una gira económica por EE UU. Furia de Titanes 2 (Warner Bros y Cott Productions); Fría Luz del Día (Summit Entertainment y Intrepid Pictures); Fast & Furious 6 (Universal Studios Company); Exodus: Dioses y reyes (Scott Free Productions y 20th Century Fox), Juego de Tronos (HBO Entertainment) o Star Wars (Lucasfilm y Walt Disney Pictures) fueron algunos de los largometrajes y series internacionales que se rodaron en suelo español hasta que la Agencia Tributaria les puso bajo lupa al entender que estaban tributando incorrectamente sus beneficios. La Audiencia Nacional dio la razón a las productoras, que formaron agrupaciones para atraer financiación, y a principios de año estimó varios recursos contra las reclamaciones de Hacienda. Ahora, el mismo órgano judicial respalda a los inversores privados que participaron en dichos consorcios.
Desde 2004, la Ley del impuesto de sociedades cuenta con la figura de las agrupaciones de interés económico (AIE) para permitir a productoras la deducción del impuesto de sociedades de las inversiones realizadas en producciones audiovisuales. Esta fue una de las grandes medidas para que Canarias, Andalucía, Cataluña o Madrid se convirtieran en localizaciones de películas y series, que después también ha atraído a miles de turistas.
La condición principal para esta rebaja fiscal, según la actual legislación del impuesto de sociedades (vigente desde noviembre de 2017) es que el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), órgano dependiente del Ministerio de Cultura, o el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con competencia en la materia (como Canarias, con mayores incentivos fiscales), certifique que el contenido de las filmaciones tienen un carácter cultural vinculado con la realidad española o contribuya a la diversidad cultural.
En ellas participaron entidades bancarias como el Santander o Bankinter; el grupo audiovisual Telecinco Cinema (Mediaset) y Atresmedia Cine; los grupos de telecomunicaciones Vodafone o R Cable y Telecable Telecomunicaciones (MásMóvil); las aerolíneas Air Europa y Binter; joyerías como Tous y Cristian Lay; las firmas de alquiler de automóviles Ok Mobility y Record Go; y otras empresas como Isolux Corsán (ya desaparecida) o Fain Ascensores. No obstante, aun teniendo este certificado, el fisco español tumbó muchas de las liquidaciones fiscales de estas agrupaciones, al entender que eran unas estructuras constituidas para reducir su factura fiscal.
Deducciones fiscales millonarias
Las AIE de Furia de Titanes II, la formada para la sexta entrega de la saga Fast & Furious (ambas eligieron las islas Canarias), Fría Luz del Día, en las que actuaron los conocidos Bruces Willis y Sigourney Weaver (cuyas localizaciones principales son Madrid y la Comunidad Valenciana), y de Exodus, dirigida por el oscarizado cineasta Ridley Scott (que rodó en el desierto almeriense de Tabernas) fueron algunas de las que plantaron cara a Hacienda. Después de que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ratificara el criterio de la Agencia Tributaria, las agrupaciones iniciaron la vía judicial para buscar el aval de deducciones superiores a 60 millones de euros en total que supusieron estas películas, más intereses. Fuentes jurídicas conocedoras de estos procesos apuntan que Hacienda podría afrontar el reembolso de más de 100 millones si se suman otros proyectos pendientes de resolver.
Varias sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el primer trimestre de 2025, adelantadas por CincoDías, concluyeron que este tipo de agrupación económica si debe ser considerada como una productora cinematográfica y no como “una estructura aparente creada para proporcionar beneficios fiscales a sus partícipes, como entiende la Inspección”. El tribunal, apoyándose en un fallo anterior del Tribunal Supremo sobre las deducciones en I+d+I para fomentar la investigación, insistió en que la Agencia Tributaria no puede adoptar un criterio dispar al tomado previamente por el Ministerio de Cultura, cuya certificación de la validez de las AIE es “vinculante”.
En vista a estos pronunciamientos, la Audiencia Nacional también ha dado la razón a los inversores de los proyectos de cine, reforzando así el esquema de coproducción. Siguiendo el mismo criterio que con las AIE, los magistrados concluyen que sus declaraciones por el impuesto de sociedades son correctas. En cuatro sentencias dictadas entre los pasados junio y septiembre, consultadas por este periódico, la sala reproduce los argumentos ya expuestos en las resoluciones por las que se avalaron las deducciones fiscales de las agrupaciones. “Los motivos relevantes de impugnación siguen una línea argumental semejante”, explican los últimos fallos. Entre las últimas victorias aparece una filial del grupo MásMóvil, ahora MasOrange. Esta fue una de las empresas que invirtió en este tipo de producciones que permitía aplicarse deducciones fiscales.
La Agencia Tributaria tumbó las declaraciones fiscales de sus participantes, al entender que su actividad no era apta para obtener beneficios fiscales por su inversión cinematográfica, al haber declarado anteriormente que la agrupación de la que formaban parte no tenía condición de productor, según su interpretación de la normativa tributaria. Sin embargo, los inversores siguieron la misma estrategia legal que las AIE y han logrado el mismo desenlace: la nulidad de las liquidaciones y la obtención del reintegro de las cantidades que hayan podido ingresar para regularizar la situación mientras se resolvía el asunto por vía judicial.































