La guerra interna por el estatus de las categorías profesionales dentro la función pública está a punto de sumar un nuevo capítulo. El Congreso de los Diputados ha aprobado esta semana la toma en consideración de una proposición de ley a iniciativa del Parlamento de Cantabria para modificar el Estatuto Básico del Empleado Público. El objetivo es actualizar la clasificación profesional del personal funcionario de carrera y unificar en un único grupo a todos los cuerpos y escalas de funcionarios que acceden con un título universitario de grado, eliminando así la actual división entre los subgrupos A1 y A2.

Este cambio, a priori, permitiría que profesionales como los técnicos de Hacienda, los subinspectores de Trabajo, los enfermeros o los fisioterapeutas, entre otros A2 que ya cuentan con una formación universitaria equiparable, puedan acceder al subgrupo A1.

La propuesta ha superado el primer trámite parlamentario con 155 votos a favor, 33 en contra y 156 abstenciones. A partir de ahora se abrirá el plazo de enmiendas, primero a la totalidad; y si no se rechaza el texto, los grupos podrán presentar enmiendas parciales. Dichas enmiendas se debatirán en la Comisión correspondiente, que emitirá un dictamen que se llevará al pleno para su aprobación en la Cámara baja.

No obstante, ni en los sindicatos y asociaciones de empleados públicos tenían conocimiento de que esta proposición de ley fuera a tramitarse. Es más, fuentes de la Administración destacan que se trata de una toma en consideración de una iniciativa legislativa y, como tal, los resultados finales del texto son ahora mismo impredecibles, tanto desde el punto de vista del contenido como del calendario.

La proposición de ley cuenta con un único artículo que reforma el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público para establecer un solo grupo A, sin subgrupos, en el que se precisa que “para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título de Grado o equivalente”. Asimismo, precisa de forma genérica que “la clasificación de los cuerpos y escalas, estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso”. Aunque sí se reconoce como plus dentro del grupo A las titulaciones con una duración de 6 años (360 créditos), como es el caso de los médicos.

El origen de la proposición de ley, tal y como reconocen sus autores y recogen en la exposición de motivos, es un conflicto de clasificación profesional que afecta particularmente a los profesionales de enfermería y fisioterapia del sector público funcionarial y estatutario. En concreto, califican la actual clasificación del grupo A en dos subgrupos (A1 y A2) como “obsoleta” y denuncian que “no es coherente ni respeta la nueva estructura de las titulaciones universitarias del Plan Bolonia”.

Se refieren con ello a que la actual clasificación mantiene la antigua división entre diplomados y titulados universitarios, a pesar de que el Plan Bolonia homogeneizó todas las titulaciones universitarias en el denominado Grado Universitario. Así, la queja concreta incluida en esta proposición es que los profesionales de la enfermería y la fisioterapia (a los que se les exigen 240 créditos universitarios) están encuadrados en el subgrupo A2, lo que les impide el acceso, por ejemplo, a puestos directivos y de gestión sanitaria o a grupos de investigación y docencia. Mientras que otros profesionales como economistas y abogados, también con 240 créditos, sí pertenecen al subgrupo A1 y acceden a los citados puestos de gestión.

En esta explicación coincide el presidente del sector de Sanidad Nacional del sindicato de funcionarios CSIF, Fernando Hontangas, quien además denuncia otros incumplimientos del artículo 76, que afectan también a los técnicos superiores que están encuadrados en el subgrupo C1, cuando deberían estar en el B, o los técnicos medios (auxiliares de enfermería) que son C2, cuando deberían ser C1.

Otros sectores

Sin embargo, la propuesta de reforma del artículo 76 que hace la iniciativa legislativa afectaría no solo al sector sanitario, sino a otras muchas actividades de las administraciones. Así, fuentes de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado consideran que la propuesta, tal y como está redactada, “puede sentar las bases para una reclasificación totalmente descabellada de otros cuerpos de la función pública integrados en el subgrupo A2 que llevan años aspirando a convertirse en cuerpos del subgrupo A1 (cuerpos superiores), sin pasar por la fase de oposición y aprobar el proceso selectivo establecido como requisito previo para estos cuerpos superiores”.

Por ello, la asociación de inspectores de Hacienda se manifiesta totalmente en contra de esta modificación legal, que considera un “atajo político que, bajo el pretexto de corregir agravios, dinamita la carrera funcionarial, abarata el acceso al grupo superior y sienta un precedente muy peligroso para convertir cuerpos técnicos en superiores por la puerta de atrás, sin tener en cuenta el mérito, la capacidad y la excelencia”.

Todo lo contrario que el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), encuadrados en la categoría A2, para los que el paso dado por el Congreso reabre el debate sobre el reconocimiento efectivo de funciones técnicas superiores que ya realizan muchos cuerpos encuadrados en el subgrupo A2. “Reconocer las funciones superiores a los cuerpos que las realizan y ordenar mejor las carreras y la movilidad fortalece la Administración, mejora su capacidad de atraer y retener talento y redunda en un mejor servicio a la ciudadanía”.

La organización valora que el Congreso “abra el melón” de una cuestión aplazada durante tantos años y confía en que la tramitación culmine con un marco claro y actualizado que reconozca la realidad profesional de todos los funcionarios y dinamice la carrera y la movilidad en toda la Administración, recordando que concretamente los Técnicos del Ministerio de Hacienda llevan 25 años reclamando un mejor encaje que permita aprovechar su potencial.

Por su parte, desde UGT Servicios Públicos también consideran que no es necesario modificar el artículo 76 que regula la clasificación profesional de los funcionarios de carrera, sino que se debe hacer un desarrollo de las escalas, categorías y niveles por parte de las administraciones competentes. Y esto es un asunto que, además, está ya incluido en la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI que, según este sindicato, es el foro donde debe de abordarse.



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