Por los siguientes diez días, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) estarán abocados a resolver los recursos administrativos o judiciales que se interpongan en contra de los procesos de democracia interna y de calificación de más de 400 alianzas políticas, antes de que inicie la inscripción de candidaturas para los comicios del 29 de noviembre.
El 1 de agosto, el Consejo Nacional Electoral prevé difundir la convocatoria oficial para que los 13’827.643 electores ecuatorianos acudan a las urnas y, al siguiente día, arranca la etapa de inscripción de candidaturas para las alcaldías, concejalías, prefecturas y miembros de juntas parroquiales, que va del 2 al 17 de agosto.
El promedio histórico es que se presenten más de 60.000 candidatos, considerando que se elegirán 5.742 autoridades, que incluyen a los catorce integrantes, principales y suplentes, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
Antes de llegar a ese momento del calendario, el CNE y el TCE deben resolver los reclamos de los sujetos políticos (partidos, movimientos y candidatos) en contra de las decisiones que hayan tomado los órganos electorales internos o las instituciones.
El CNE —hasta el 18 de julio— recibió 468 pedidos de registro de alianzas de las que se han validado: 26; 1 se rechazó; y, 441 están procesándose, hasta el cierre de esta publicación.
El Código de la Democracia en el artículo 328 señala que el Consejo Nacional Electoral y sus delegaciones provinciales, “una vez que cuenten con los documentos e informe sobre cumplimiento de requisitos determinados para la inscripción de organizaciones políticas, alianza o fusión, en el plazo de diez días, admitirá o negará la solicitud presentada de inscripción”.
El reglamento para la conformación de alianzas establece que en caso de que falten requisitos legales, los actores políticos tienen un plazo de tres días contados a partir de la notificación, para completarlos.
Luego, correrán otros tres días para que las organizaciones políticas puedan ratificar por escrito o modificar el acuerdo y el orden de ubicación.
Completado este plazo, los acuerdos de alianza no podrán modificarse, ya que obtienen personería jurídica para inscribir a sus candidatos.
Para que una alianza sea calificada por el pleno del CNE, se debió ingresar al sistema informático oficial la documentación pertinente, como de los nombres de los grupos que la integran.
Los órganos de dirección y sus competencias; el nombre del procurador común de la alianza y sus competencias; los mecanismos de selección de candidaturas y de reemplazos; la identificación de la candidatura en la que la alianza electoral participará.
La duración de la alianza no podrá ser inferior a 180 días posteriores al día de la elección, la suscripción del acuerdo de alianza por los representantes legales de cada organización.
Adicionalmente, deben completarse requisitos como las actas de las sesiones en las que conste la voluntad de aliarse; el acuerdo de constitución; correos electrónicos y otros más.
Por su parte, el TCE debe resolver los recursos subjetivos contenciosos que lleguen a su sede y que se relacionan con los reclamos de los militantes, directivos o precandidatos que están inconformes con los resultados de las elecciones primarias o internas de los partidos.
La fase de democracia interna para escoger a los precandidatos terminó el 18 de julio y de acuerdo con el sistema electrónico del Tribunal hay una decena de recursos subjetivos que están en trámite.
Las causas que puedan ingresar en las siguientes horas deben tener una respuesta hasta el 17 de agosto y será de última y definitiva instancia.
Hasta el momento, el TCE está resolviendo una decena de casos interpuestos por militantes.
Así por ejemplo, no se admitió a trámite un recurso planteado por Tatiana Tufiño, integrante del partido Avanza, lista 8, en el que se impugnó las primarias en las que se eligió a Jorge Yunda, como su precandidato a la Alcaldía de Quito.
Dos afiliados del partido Izquierda Democrática (ID), lista 12, cuestionaron la elección de la directiva, pero el TCE le negó el recurso porque no recurrió previamente a los órganos internos.
Desde Imbabura, Blanca Guaichico, procuradora de la alianza Fuerza del Pueblo, integrada por Pachakutik (PK), lista 18 y Centro Democrático (CD), lista 1, presentó un recurso subjetivo en contra de la Delegación Electoral.
Otro recurso se presentó en contra de la Delegación Provincial de Pichincha y estarían relacionadas con la negativa a la calificación de alianzas.
También militantes del Movimiento Ganadero Baba (Los Ríos), ingresaron dos recursos subjetivos por inconformidad con la integración de la directiva.
Los recursos sobre la inscripción de alianzas deben estar resueltos hasta antes del 1 de agosto; y, en el caso de que los precandidatos incumplan requisitos o las listas no cuenten con el 50 % de mujeres y el 25 % de jóvenes encabezando listas, se permitirá corregir en un plazo de dos días. (I)

































