
En la Corte Constitucional (CC) se reabrió el caso del expresidente de la República, Jamil Mahuad, quien fue sentenciado a ocho años de prisión por el delito de peculado, luego del denominado feriado bancario de 1999. El juez constitucional, Richard Ortiz, avocó conocimiento de la acción extraordinaria de protección que presentó la defensa del exmandatario.
El pasado 27 de noviembre de este 2025, el magistrado conoció el recurso de Mahuad y dispuso que, en un plazo de cinco días para que la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) presente un informe de descargo actualizado sobre los argumentos que fundamentan la demanda, previo a la convocatoria a una audiencia pública.
Asimismo, Ortiz dispuso notificar a Patricio Vivanco Riofrío y Mario Prado Mora, en calidad de procuradores judiciales de Jamil Mahuad, a la Fiscalía General del Estado y a la Procuraduría General del Estado.
A la vez, los abogados del expresidente pidieron al juez constitucional que fije una fecha y hora para que su defendido exponga sus argumentos sobre el caso.
El 13 de julio de 2000, Galo Pico Mantilla, en ese entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia, dictó auto cabeza de proceso en contra de Jamil Mahuad, por la presunta comisión del delito de peculado, tipificado y sancionado en el artículo 257 del Código Penal, vigente a la fecha. Además, dictó la medida cautelar de prisión preventiva y el embargo de sus bienes.
El 6 de junio de 2006, con voto de mayoría, la segunda Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó el auto de llamamiento a juicio y dictó sobreseimiento provisional a favor de Mahuad.
Sin embargo, el 13 de julio de 2007, Jaime Velasco Dávila, quien era presidente de la Corte Suprema de ese entonces reabrió el caso y dejó sin efecto el auto de sobreseimiento provisional.
Siete años después, el 29 de mayo de 2014, Ximena Vintimilla Moscoso, exjueza nacional, declaró la culpabilidad del expresidente, en calidad de autor del delito de peculado y lo sentenció a doce años de prisión, pena que fue reducida el 17 de mayo de 2017, cuando la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Nacional de Justicia resolvió aceptar parcialmente el recurso de apelación.
Luego, el 14 de octubre de 2020, el Tribunal de la Sala Especializada de la CNJ declaró improcedente el recurso de casación.
Finalmente, el 27 de enero de 2021, Patricio Vivanco Riofrío y Mario Prado Mora, procuradores judiciales de Jamil Mahuad Witt presentaron ante la Corte Constitucional una acción extraordinaria de protección, en contra de la sentencia de casación del 14 de octubre de 2020, recurso que, actualmente, es conocido por el juez Richard Ortiz. (I)































