Los contratos internacionales representan puntos de conexión entre países, es un acuerdo de voluntades pactado entre dos o más partes que tienen sus domicilios o residencias en Estados distintos.

Existe diversos tipos, por ejemplo de compraventa, franquicia, distribución, joint venture y agencias, cada uno con sus características que te debes saber para hacer frente en un momento dado.

Principales características de los contratos internacional?

  1. El libre consentimiento prestado por las partes.
  2. La creación, modificación o extinción de una relación o negocio jurídico.
  3. Es una relación protegida por el derecho (por las leyes, usos y costumbres aplicables).
  4. Busca la realización de una transacción internacional de carácter económicopatrimonial, con ánimo de lucro, en un marco internacional de tráfico en masa, con carácter habitual.

Tipos de contratos

Contrato de compraventa

El contrato más usual en comercio internacional y el instrumento básico, en España, de las pequeñas firmas productoras para abrirse camino en el exterior.

Indicado para aquella relación donde una parte entrega a otra un bien o servicio y esta abona un precio.

Y muy atentos también a que no siempre el contrato se plasma en un documento escrito, sino que basta el pedido de un artículo y la recepción de la factura correspondiente para probar la compraventa.

Atentos al Convenio de Viena de 1980, que se toma como referencia para regular este contrato, por lo que conviene tenerlo muy presente.

Principales cláusulas

  • Qué. Clase de producto que se entrega, número de unidades, medidas, peso y calidad, sin olvidarnos del modo de envasado, embalaje y etiquetado.
  • Cuándo. Plazo para recoger el producto una vez recibida la orden de compra. Esta cláusula es crítica para el exportador, quien, de no cumplir los tiempos estipulados, tendrá que afrontar una reclamación del comprador.
  • Cuánto. Establecer el precio y las condiciones de pago, así como el modo de hacerlo, para lo cual se puede recurrir al cheque bancario y al cheque personal, a la orden de pago o a la transferencia bancaria, entre otras fórmulas.
  • Documentos para la importación, donde englobamos la factura comercial, los certificados de  origen de la mercancía y la póliza de seguros.

Riesgos a tener en cuenta

Para ello, nos fijamos en los incoterms, “normas exclusivas de los contratos de compraventa, de carácter voluntario y cuya aplicación pactan expresamente las partes”, resume López Ayuso. “Elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional, fijan las condiciones de entrega de la mercancía y delimitan parte de los derechos y obligaciones de los firmantes”.

Contrato de franquicia

Indicado para el franquiciador que cede al asociado, a cambio de unas contraprestaciones económicas, el uso de la marca y su saber hacer.

Duración. La pactada entre central y asociado.

Principales cláusulas

Qué. Este documento ha de reflejar el acuerdo entre partes y establecer con exactitud y rigor las obligaciones de las mismas en ámbitos como la marca, la formación, la no competencia o las condiciones de suministro.

Su carácter internacional introduce matices relacionados con la estructura que el asociado creará en el mercado destino. Esto conlleva abrir delegaciones o sucursales, lo que se identifica con una multifranquicia, o subfranquiciar la actividad a terceros, propio de una franquicia máster.

En ambos casos, hay que incluir en el clausulado el calendario de aperturas y la subrogación de la figura franquiciadora ante los miembros de la cadena local.

Riesgos a considerar

El primero es el adecuado registro de la marca asociada en el territorio de explotación. En paralelo, recomiendo analizar la existencia y eficacia de las estructuras asistenciales y de apoyo a la red de tiendas en el mercado.

Contrato de agencia

Indicado para regular la relación entre una parte (principal), que encarga a otra (agente) la promoción activa y continuada de ciertos productos en un territorio concreto, a cambio de una remuneración económica.

Una de las más habituales es la comisión por operación concluida, sin olvidar que debemos especificar el modo de calcularla y el plazo de pago.

Principales cláusulas

  • Obligaciones de los firmantes, que engloban, entre otras, las actividades a desempeñar, la prohibición de competencia y la autorización del agente a firmar contratos en nombre del empresario o a recibir pagos de los clientes.
  • Señalar los productos objeto del contrato, para que quede claro cuál es la mercancía con la que trabajará el agente.
  • Delimitar el territorio de actuación. Esto hay que especificarlo al máximo. Incluiremos la prohibición expresa de que el agente actúe fuera de la zona designada.
  • Derechos de exclusividad. Esta cláusula presenta dos vertientes. Por un lado, el compromiso de la parte principal de no otorgar derechos de representación o agencia a terceros en el territorio designado y, en paralelo, se fija la posibilidad de que el principal o el fabricante distribuyan algunos artículos en esa zona.
  • Derechos de propiedad intelectual e industrial del principal. Aquí regulamos el uso de las marcas o signos distintivos y la prohibición de divulgar secretos comerciales.
  • Hasta aquí hemos llegado. Especificar los incumplimientos que permiten resolver el contrato anticipadamente, como el impago o retraso en el abono de las comisiones, la vulneración de los pactos de exclusiva o no alcanzar los objetivos de ventas.

Riesgos a considerar

Si el agente ha aportado nuevos clientes al empresario o aumentado de manera notable sus operaciones, aquel podrá exigir una indemnización en el caso de que su actividad siga generando beneficios al empresario, una vez terminado el contrato. Esto se denomina indemnización por clientela y si tú eres la parte principal tienes que prever su existencia o no.

Fuente: emprendedores

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