
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha desestimado el recurso presentado por la empresa Alquiler Seguro y ha confirmado la multa de 3,6 millones de euros que le había impuesto en un inicio por llevar a cabo prácticas abusivas contra sus inquilinos al vulnerar los derechos de los consumidores aprovechando su posición de predominio de mercado. Con esta decisión, Consumo da por resuelto el expediente iniciado en marzo del año pasado, y ratifica la millonaria sanción a una compañía que en la actualidad gestiona 26.000 viviendas con más de 60.000 inquilinos, y que dispone de más de 50 oficinas repartidas por todo el país.
El litigio entre el Ministerio que dirige Bustinduy y esta empresa de gestión de alquileres se remonta a algo más de un año. La apertura de un expediente sancionador anunciada en marzo del año pasado, y cuya propuesta de sanción se formalizó en octubre, unos meses después, llegó como resultado de una investigación realizada en noviembre de 2023, a partir de una serie de denuncias presentadas por parte del Sindicato de Inquilinas-CECU, FACUA Consumidores en Acción y la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).
Estas organizaciones presentaron testimonios de inquilinos de pisos gestionados por Alquiler Seguro que reconocían haber tenido que contratar de manera obligatoria una serie de servicios adicionales ―singularmente un seguro de atención al inquilino― para poder acceder a estas viviendas. Según otros testimonios recogidos por EL PAÍS, esos extras no se presentaban en ningún caso como voluntarios, tal y como defiende la compañía en su página web, sino que su disposición o negativa a contratarlos servía de filtro a la hora de llevar a cabo la selección final de los inquilinos, que corría a cargo de la empresa.
En todo este tiempo, desde Alquiler Seguro han negado las acusaciones de prácticas abusivas, y se han amparado en que la justicia les ha dado la razón en tres sentencias anteriores sobre reclamaciones similares. Dos de esas tres resoluciones tienen que ver con casos en los que los inquilinos reclamaban la devolución del importe del SAI (Servicio de Atención al Inquilino) y se les denegaba el reintegro después de que la empresa acreditase que los inquilinos se habían beneficiado de él durante su estancia al dar parte por esta vía de incidencias en la vivienda.
Antes de que se conociera la certificación de la multa, Antonio Carroza, presidente de Alquiler Seguro, adelantaba a este periódico en un encuentro privado celebrado en noviembre que, de ser así, recurrirían a la vía contencioso-administrativa para defender su posición. “Tenemos nuestros procesos auditados, somos una empresa muy profesionalizada y creemos que estamos haciendo las cosas bien”, señalaba. El máximo responsable de la compañía consideraba la cuantía de la multa “desproporcionada”, y ponía en cuestión que la empresa pudiera seguir a flote si tuviera que afrontar su pago.
Por su parte, el ministro Bustinduy ha programado para este miércoles, a las 9:30 de la mañana, una rueda de prensa para ofrecer más detalles sobre la decisión tomada. Sin embargo, según ha adelantado el Ministerio de Consumo en un comunicado publicado una hora y media antes, en total se han impuesto una sanción grave y seis muy graves. El desglose económico del castigo es el siguiente: una de las infracciones muy graves conlleva el pago de un millón de euros y otra, de 990.900 euros. A esas cantidades se suman otras tres multas de 500.000 euros, una de 100.001 euros y una última, por la infracción grave, de 10.001 euros. En total, todas las multas suman 3,6 millones de euros.
Corregir y publicar
En su nota, Consumo detalla las prácticas que considera abusivas por parte de Alquiler Seguro en sus contratos de arrendamiento. Entre ellas, la obligación de que el inquilino contrate un denominado servicio de atención, equiparable a gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato. También cuestiona la imposición de un seguro de hogar que beneficia al propietario. El ministerio señala además el cobro de gastos por reclamaciones de supuestas deudas aunque no sean atribuibles al arrendatario, así como cargos por actuaciones judiciales incluso cuando no existe condena en costas. A ello se suma la inclusión de cláusulas que permiten incorporar al inquilino a ficheros de morosos por impagos, con independencia de su origen y aunque no se trate de deudas vencidas ni exigibles. Por último, Consumo critica que se excluya el derecho de desistimiento del inquilino respecto a ese servicio de atención.
La resolución de Consumo no se limita únicamente a imponer una sanción económica. También obliga a Alquiler Seguro a corregir las irregularidades detectadas, eliminando de sus contratos las cláusulas consideradas abusivas. Además, Consumo ordena hacer pública la sanción, identificando a la empresa responsable —Alquiler Seguro, S.A.U.— y detallando el tipo y la naturaleza de las infracciones cometidas.
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