retirar los fondos de reserva

Los afiliados o jubilados que deseen solicitar la devolución de los Fondos de Reserva que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) administra, ya sea de forma total o parcial, lo pueden hacer si cumplen con los requisitos:

  • Desde agosto del 2011, rener acumulado 36 aportaciones mensuales o más (en caso de ser afiliado activo).
  • En caso de que el afiliado cesó en su trabajo, debe esperar dos meses.
  • Afiliados Jubilados o Mayores de 60 años: Si tienen valores disponibles puede retirar en cualquier momento
  • Cuenta bancaria activa, registrarla y validarla por el IESS.
  • Clave personal para ingresar al sistema informático del IESS.
  • Si es empleador no debe tener deudas con el IESS.
  • No tener solicitudes en trámite y un préstamo en mora.
  • No tener en garantía los Fondos de Reserva con un préstamo quirografario.

Así mismo, otros de los requisitos indispensables para este trámite es no tener Mora Patronal, Mora en Créditos de Historia Laboral o Host y Bloqueos totales.

Pasos para retirar los fondos de reserva IESS

retirar los fondos de reserva

1. Para los afiliados activos, llenar la solicitud a través de la página web del IESS. Una vez llenado la solicitud, los fondos se acreditarán en la cuenta bancaria que el usuario registró después de 72 horas (a partir del día siguiente de la solicitud del afiliado), siempre y cuando cumpla con los requisitos

2. Para los afiliados cesantes, llenar la solicitud en las oficinas de Fondos de Terceros de la respectiva Dirección Provincial del IESS.

3. De los afiliados fallecidos, el trámite lo deben realizar los derechohabientes en los Departamentos y Unidades de Fondos de Terceros de la respectiva Dirección Provincial.

Los documentos necesarios para retirar los fondos de reseva, en este caso, son: Partida de Defunción (original), Copia de cédula de identidad del afiliado fallecido, Partida de Matrimonio (original), Copias de cédulas de identidad del cónyuge e hijos mayores y menores de edad, Certificado Bancario de todos los beneficiarios con derecho, y Posesión efectiva o copia certificada.

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