Tras una década de vigilancia y toques de atención por parte de Bruselas, España ha logrado sacudirse una de las sombras regulatorias que pesaban sobre su gestión pública. La Comisión Europea ha comunicado oficialmente al Gobierno el cierre del procedimiento de infracción que mantenía abierto contra el país desde 2015, originado por el incumplimiento sistemático de una directiva sobre la morosidad en las operaciones comerciales. Aquel expediente se abrió porque el país no estaba respetando los plazos legales para pagar a sus proveedores, lo que situaba a la Administración fuera de la legalidad comunitaria y obligaba a Bruselas a intervenir para garantizar que las facturas no se eternizaran en los cajones de los organismos públicos. El cierre del procedimiento fue comunicado a España el pasado 29 de abril, según consta en el listado del Ejecutivo comunitario sobre las novedades en estos procesos.

Estos retrasos tenían un impacto directo en las cuentas de las compañías, afectando de manera especialmente grave a las pequeñas y medianas empresas (pymes). Al ser estas uno de los proveedores habituales de las administraciones en España, la demora en los pagos se convertía en una barrera para su liquidez, comprometiendo en muchos casos su viabilidad financiera.

El expediente ahora cerrado se abrió en julio de 2015 e, incluso, llegó a estar suspendido por un tiempo. No es algo extraño en este tipo de procedimientos, que también se prolongan durante años pese a que los plazos, sobre el papel, son más cortos. En teoría, desde que la Comisión manda una carta a una capital comunicándole que ha detectado un incumplimiento de las normas europeas (falta de trasposición de una directiva, trasposición fallida a las leyes nacionales, mala aplicación…), esta tiene dos meses para responder. Si la respuesta no le convence, Bruselas remite un informe motivado explicando por qué se vulneran las reglas de la UE. Y, de nuevo, el Estado afectado tiene otros dos meses para responder. Si al final del camino la Comisión no queda satisfecha con las explicaciones, remite el expediente a la justicia europea para que dirima quién tiene razón.

Esta vez a Bruselas ―tras un recorrido de casi 11 años― le han convencido las explicaciones de España y el carpetazo definitivo del caso. Según explican portavoces del Ministerio de Hacienda, es el resultado de una trayectoria de varios años en la que se ha constatado una mejora progresiva en los plazos de pago de todas las capas del Estado. Para llegar a esta decisión, la Comisión no se ha limitado a observar las cifras finales, sino que ha llevado a cabo un seguimiento exhaustivo a través de cuestionarios semestrales y un análisis pormenorizado de las medidas legislativas y técnicas implementadas por el Gobierno. La evolución positiva se ha consolidado especialmente durante los últimos cuatro años, según explican en el ministerio, permitiendo que la tendencia descendente en el Periodo Medio de Pago a Proveedores (PMP) deje de ser un hecho aislado para convertirse en una realidad estructural.

El hito definitivo que ha convencido a las autoridades comunitarias son, precisamente, los datos de cierre del ejercicio 2025, que reflejan que todos los subsectores de la Administración Pública ―el Gobierno central, las comunidades autónomas, las entidades locales y la Seguridad Social— están pagando actualmente sus facturas en un plazo inferior a los 30 días. Al situarse por debajo de este límite legal de un mes, España ha defendido ante el Ejecutivo comunitario que cuenta con mecanismos suficientes para garantizar la sostenibilidad de su deuda comercial y el cumplimiento de la directiva que motivó la sanción en 2015.

Uno de los puntos más críticos durante todo este proceso ha sido el desempeño de las entidades locales. Tradicionalmente, este subsector era el que presentaba los periodos de pago más elevados, lastrando la media nacional. Sin embargo, insisten los portavoces de Hacienda, el análisis detallado de los últimos años permitió demostrar que el problema no era sistémico en todos los ayuntamientos, sino que se concentraba en una minoría de corporaciones locales con registros de demora excesivos.

Para atajar esta brecha específica, se han ido desplegando herramientas dirigidas precisamente a los municipios con mayores dificultades de gestión financiera. “El Ministerio de Hacienda puso en marcha diversas herramientas para hacer frente a la morosidad en el sector de la Administración Local, destacando las diversas ediciones del llamado Mecanismo de Pago a Proveedores (MPP), que se ha ido desarrollando en los últimos años y que ha constituido como un elemento fundamental de ayuda dirigido a municipios con elevados retrasos en los pagos”, apuntan.

A esto se ha sumado un refuerzo de la tesorería local gracias a una mayor aportación de recursos por parte del Estado, lo que ha facilitado que estas entidades locales dispongan de los fondos necesarios para corregir sus retrasos. Además, se han implementado mecanismos estructurales como los Planes de Sostenibilidad Financiera (PSF), activados de forma consecutiva entre 2023 y 2025, que han permitido a las entidades con elevada carga financiera reestructurar su deuda a cambio de compromisos estrictos en materia de ingresos, gastos y gestión presupuestaria.

Expediente por los pagos entre empresas

El mismo día que archivaba el procedimiento, la Comisión abrió otro expediente. Este, por no vigilar la morosidad en los pagos entre empresas. Según Bruselas, España no ha ajustado su legislación a un pronunciamiento del TJUE de febrero de 2025, en el que el tribunal europeo dicta que los Estados miembros deben velar para que las empresas del sector minorista no paguen por encima de los 60 días.

En el caso español, Bruselas asegura que las condiciones de pago pueden alargarse sistemáticamente más allá de los 60 días, llegando a superar incluso los 120 días, una práctica “incoherente con la sentencia del Tribunal”. Los pagos puntuales, explica la Comisión, son cruciales para el crecimiento y la inversión de las empresas europeas. “Por consiguiente, la Comisión envía una carta de requerimiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión”, señala Bruselas. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá emitir un dictamen motivado.



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