Luego de que se le definiera al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, orden de prisión preventiva por irregularidades en el uso del grillete electrónico dispuesto en el caso Triple A y que la fiscal de la Administración Pública número 1 del cantón Samborondón (Guayas), Lisset Barragán, solicitó información relacionada a las medidas cautelares ordenadas e incumplidas, en la Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón se dio un sorteo que dejó al juez Italo Zambrano Reyna a cargo de la causa penal por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

La mañana del domingo, 8 de marzo último,los integrantes del Tribunal de Juzgamiento de Triple A, Jorge Sáánchez, Clara Soria y Víctor Barahona, decidieron acoger el pedido de la Fiscalía para dejar sin efecto las medidas cautelares de presentación periódica, uso de grillete electrónico y prohibición de salida del país que pesaban contra Alvarez, uno de los 22 procesados por tráfico ilícito de combustibles, y en su lugar definirle orden de prisión preventiva.

“La conjunción de dos factores: el notorio desacato y alteración previa de las seguridades del grillete, sumado a la ineficacia sobreviniente de la presentación periódica, destruye por completo la tesis argumentativa de la defensa técnica (de Aquiles Alvarez). Quien se desprende físicamente de los mecanismos de rastreo del Estado demuestra de forma inequívoca su intención y capacidad de sustraerse de la acción de la justicia, haciendo imperativa la revocatoria y la imposición de la medida de última ratio”, señaló la argumentación de la Sala.

Quito, domingo 8 de marzo del 2026
Segundo día de audiencia en el Complejo Judicial Norte, del caso triple A, que involucra al Alcalde de Guayaquil Aquíles Álvarez.
Fotos: API / Manuela Salazar Foto: API

Las medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva, consistentes en prohibición de salida del país, presentación periódica y uso de dispositivo de vigilancia electrónica, fueron dictadas a Aquiles Alvarez el 19 de julio de 2025 e instaladas el 20 de julio del mismo año. La Fiscalía explicó que fundamenta su solicitud de revocatoria de esas medidas en el “desacato sistemático y contumaz de dichas medidas por parte del procesado”.

Entre los elementos presentados por la Fiscalía en el pedido de cambio de medida cautelar para el alcalde guayaquileño, y que también harían parte de la causa por incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente,están el arte policial originado en el caso Goleada, del 10 de febrero pasado, que detalla que durante el allanamiento a la residencia de Alvarez en Samborondón agentes policiales constataron que el procesado no se encontraba portando el grillete electrónico, que el dispositivo yacía sobre el piso junto a la cama y el procesado se colocó el mismo únicamente en presencia del fiscal.

También se presentó un Informe de Monitoreo del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la LIbertad (SNAI) en el que se registraría un “historial alarmante” de 2.769 eventos, destacando 33 alarmas de “pulsera quitada” y 1.515 alertas “offline”. El informe también detallaría incidentes en los que el personal policial no pudo verificar novedades debido a restricciones de acceso en la urbanización y la falta de colaboración por parte del procesado.

QUITO (08-03-2026).- Ramiro García (c), abogado de Aquiles Álvarez, alcalde de Guayaquil, durante la Audiencia de juicio del caso Triple A., en el Complejo Judicial Norte, en Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Además se incluyó otro parte policial y una cadena de custodia que documentaría la desinstalación formal del equipo por parte de técnicos del SNAI, el 11 de febrero de 2026. En dicho acto, se anota, se fijó y embaló en cadena de custodia el dispositivo electrónico retirado a Aquiles Alavrez. El informe de novedades del SNAI corroboraría la “presuntiva manipulación” del equipo, pues, se indicó, se habría “observado la ausencia del tornillo que sujeta el seguro metálico a la correa y la presencia de cinta aislante de color negro, evidenciando un esfuerzo deliberado por alterar la integridad del dispositivo”.

Como parte de los alegatos de la defensa técnica de Alvarez, encabezada por el abogado Ramiro García, el procesado, de viva voz, indicó que jamás manipuló el dispositivo y justificó que las constantes alertas “offline” se debían a que su domicilio constituye un “punto muerto” de señal telefónica. García argumentó que, según el parte policial del 10 de febrero, la operadora del ECU-911 certificó que a esa hora exacta no existía ninguna alerta activa de manipulación en el sistema. Adicionalmente, la defensa del alcalde de Guayaquil invocó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la excepcionalidad de la prisión preventiva, alegando que el procesado siempre ha comparecido al llamado de la justicia y que, al estar ya detenido por otra causa, una nueva orden de prisión resulta innecesaria y desproporcionada.

Como conclusión del tribunal sobre el incumplimiento, los jueces advirtieron que la defensa del procesado en Triple A pretende minimizar los hechos amparándose en supuestas intermitencias tecnológicas de señal (“puntos muertos”). Sin embargo, aclararon, la evidencia material e institucional sería categórica y demostraría la inutilidad actual de las medidas atenuadas.

“Constituye un hecho fáctico, notorio e incontrovertible el incumplimiento flagrante de su deber primordial e ineludible de mantener el dispositivo de vigilancia electrónica adherido a su extremidad corporal de manera continua e ininterrumpida. Muy por el contrario de acatar esta sujeción física ordenada por la autoridad judicial, el procesado actuó en abierto desafío al despojarse materialmente del grillete, el cual fue hallado abandonado sobre el piso de su dormitorio. A esta vulneración fáctica se suma el posterior informe técnico de Criminalística y del SNAI, que detalla la extracción del tornillo del seguro metálico y el uso de cinta aislante, demostrando una manipulación deliberada del hardware que viola el Acta de Compromiso suscrita. El grillete es una medida de coerción estatal ininterrumpida, no un accesorio de uso facultativo”, concluyeron los jueces que integran la Sala de Juzgamiento.

El sorteo del juez Zambrano Reyna, quien reemplaza a la juez Michelle Ordoñez Riera, se dio la tarde del lunes, 9 de marzo último. En la carátula del proceso penal subida en el Satje, por delito definido en el artículo 282, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), no constan aún subidos los documentos con la petición inicial. Más allá de eso lo que se entend´riales que lo que resta es fijar día y hora para que la Fiscalía formule cargos contra Aquiles Alvarez.

Al momento el alcal de Guayaquil mantiene dos procesos penales en los casos Triple A y Goleada. El primero esté en la etapa de juzgamiento y se investiga el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo; mientras que en Goleada, causa en la que son investigadas once personas, se analiza el delito de delincuencia organizada con fines de lavado de activos y defraudación tributaria. (I)



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