Alquiler Seguro defiende su modelo de negocio frente a la multa de 3,6 millones de euros impuesta por el Ministerio de Consumo. En una rueda de prensa ofrecida este jueves, los principales responsables de la empresa han asegurado que todos sus servicios “son legales” y que las acusaciones del ministerio “vulneran derechos fundamentales”. El presidente de la compañía, Antonio Carroza, ha señalado que todo el camino hasta llegar a esta sanción ha sido “un atropello jurídico” y ha reiterado que recurrirán a la vía judicial para revertir esta decisión. El movimiento se produce después de que el Ministerio de Consumo confirmara este miércoles la multa por llevar a cabo prácticas abusivas contra sus inquilinos y vulnerar los derechos de los consumidores aprovechando su posición de predominio de mercado. El ministro del ramo, Pablo Bustinduy, aseguró en la rueda de prensa posterior al anuncio de la sanción que es “proporcional a los daños que ha generado esta empresa”.

Uno de los puntos en los que más han insistido los responsables de Alquiler Seguro es el Servicio de Atención al Inquilino (SAI). Consumo alega que la empresa obliga a los arrendatarios a contratar este servicio y lo considera equiparable a gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato, algo ilegal que supone un millón de euros del total de la multa. La ley de vivienda, vigente desde mayo de 2023, obliga a que los propietarios o arrendadores asuman estos gastos. La compañía argumenta que este servicio “es real, está totalmente diferenciado” de estos gastos y que no es obligatorio contratarlo. Según los datos ofrecidos, desde la entrada en vigor de esta legislación hasta marzo de 2025, “267 inquilinos no contrataron este servicio, y a otros 911 se les concedió una rebaja, que en algunos casos alcanzó hasta el 100%”. La empresa no precisa la cifra concreta de contratos que se firmaron en ese periodo de tiempo, pero un portavoz señala que fueron “varios miles”. El responsable jurídico de Alquiler Seguro, Carlos Sánchez, ha defendido que el SAI “no es un servicio vacío”, ya que incluye diversas prestaciones como servicios de mudanzas y que “no se salta la ley de vivienda porque este servicio existe desde 2010″.

La compañía también asegura que la justicia les ha dado la razón en cuatro ocasiones. Dos de estas cuatro resoluciones tienen que ver con casos en los que los inquilinos reclamaban la devolución del importe del SAI y se les denegaba el reintegro después de que la empresa acreditase que los inquilinos se habían beneficiado de él durante su estancia, al dar parte por esta vía de incidencias en la vivienda.

La segunda infracción más grave impuesta por Consumo se basa en que Alquiler Seguro impone un seguro del hogar que beneficia al propietario, lo que Consumo considera ilegal y por ello lo sancionó con 990.900 euros. Los responsables de la compañía emplean un argumento similar al utilizado para defender el SAI. Afirman que de los 26.730 inmuebles que gestionan, 22.525 han contratado este servicio, lo que demuestra que no es un requisito para formalizar un contrato con la empresa.

El desglose de las demás sanciones comunicadas incluye otras tres infracciones por valor de 500.000 euros, una de 100.001 euros y una última, por la infracción grave, de 10.001 euros. Alquiler Seguro defiende que Consumo tampoco tiene razón en estos casos. Estas sanciones están relacionadas con el cobro de gastos por reclamaciones de supuestas deudas aunque no sean atribuibles al arrendatario, así como cargos por actuaciones judiciales incluso cuando no existe condena en costas. A ello se suma la inclusión de cláusulas que permiten incorporar al inquilino a ficheros de morosos por impagos, con independencia de su origen y aunque no se trate de deudas vencidas ni exigibles. Por último, Consumo critica que se excluya el derecho de desistimiento del inquilino respecto a ese servicio de atención.

Tras enumerar estos argumentos, los responsables de la empresa han alegado que el proceso administrativo se ha construido “a partir de un resultado pretendido, utilizando circunstancias e interpretaciones tendenciosas para sostener supuestas vulneraciones de la normativa”. Sánchez, el responsable jurídico, ha asegurado que la sanción “acepta como pruebas denuncias y opiniones de terceros sin contrastar” y no se ha respetado su derecho a la tutela judicial efectiva. El presidente de la compañía se ha mostrado convencido que la justicia les va a dar la razón y tumbará la multa. Frente a estas acusaciones, Bustinduy ha asegurado en una entrevista en TVE que “no se ha actuado por capricho, siguiendo una serie de denuncias […] con rigor y de manera escrupulosa”.

Este litigio entre Consumo y Alquiler Seguro colea desde hace más de un año. En marzo de 2025, el ministerio anunció la apertura del expediente sancionador a partir de una serie de denuncias apoyadas presentadas por parte del Sindicato de Inquilinas-CECU, FACUA Consumidores en Acción y la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios). Estas denuncias incluían una serie de testimonios de inquilinos de pisos gestionados por esta empresa que afirmaban haber tenido que abonar una serie de servicios adicionales ―singularmente un seguro de atención al inquilino― para poder acceder a estas viviendas.

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