La bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) no pondrá obstáculos para que el proceso de juicio político en contra del presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Mario Godoy, avance y pase a trámite en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional.

La solicitud de juicio político fue planteada por cinco asambleístas que pertenecen a la bancada Revolución Ciudadana (RC): Viviana Veloz Ramírez, Raúl Chávez Núñez, Liliana Durán Aguilar, Franklin Samaniego Maigua y Xavier Lasso Mendoza.

El Consejo de Administración Legislativa (CAL), está convocado para este jueves 8 de enero de 2026 a partir de las 10:00, para conocer y resolver sobre el juicio en contra de Mario Godoy, y también para conocer y resolver sobre el juicio político contra los vocales del Consejo de Participación Ciudadana, Andrés Fantoni, Johanna Verdezoto, Jazmín Enríquez, David Rosero y Piedad Cuarán, propuesto por el legislador Luis Fernando Molina, también de la bancada RC.

La acusación principal al presidente de la Judicatura tiene relación con un supuesto incumplimiento de funciones al inobservar el artículo 168 de la Constitución respecto a garantizar la independencia judicial, promover la transparencia en la administración de justicia, asegurar la probidad de los funcionarios judiciales y ejercer un control disciplinario efectivo sobre todos los servidores de la Función Judicial, con el objetivo primordial de prevenir y sancionar cualquier forma de injerencia externa o interna que pudiera comprometer la imparcialidad y la integridad del sistema judicial ecuatoriano.

La bancada ADN, que tiene el control absoluto del CAL, considera que se debe iniciar un juicio político al presidente de la Judicatura y que, sobre ello, no hay dudas. Se espera tener unanimidad en la votación sobre la solicitud, pues se conoció que la primera vicepresidenta de la Asamblea y vocal del CAL, Mishel Mancheno, votará porque el juicio contra Godoy continúe.

El oficialista Adrián Castro sostuvo que hay fundamentos suficientes para ir a juicio político, y que en el proceso se podrá llamar a otros actores para que den su versión como la del juez Carlos Serrano, para consultarle sobre el audio donde supuestamente recibió amenazas por parte de un procesado por narcotráfico.

Señaló que tras la comparecencia de Godoy en la Asamblea quedaron muchas dudas, y en su exposición se habló de un supuesto “mensajero” que lo presionaba, y se necesita conocer su identidad.

Viviana Veloz (RC), una de las solicitantes del juicio, pidió al presidente de la Asamblea, Niels Olsen, que procese una solicitud de excusa obligatoria de Mancheno, vocal del CAL, a la sesión convocada para este 8 de enero de 2026, donde se conocerá la solicitud de juicio a Godoy.

La petición responde a un supuesto conflicto de intereses insubsanable, porque “tiene evidentes conflictos de intereses, una amistad y una cercanía con el señor Mario Godoy y su esposa”, señaló.

Lo mismo planteará a nivel de la Comisión de Fiscalización para que el asambleísta José Nango (exPachakutik), por conflicto de intereses, porque su hijo “está trabajando en la Judicatura de Pastaza y que en la votación que hubo en la sesión No. 060, del 21 de diciembre de 2025, respecto al llamado a comparecencia a Mario Godoy, optó por abstenerse. Además, Veloz dijo que sobre Nango pesa una denuncia por un presunto delito de violación y que por lo tanto tampoco podría ser parte de la mesa de Fiscalización y tendría que principalizar su alterno.

Acusaciones

La Asambleístas de RC, Viviana Veloz y Paola Cabezas dialogan durante la sesión del pleno de la Asamblea Nacional. Foto: Carlos Granja Medranda

Veloz comentó que así Godoy renuncie a la presidencia del Consejo de la Judicatura, no exime de que se siga con el proceso de enjuiciamiento en la Asamblea Nacional porque los funcionarios públicos pueden ser enjuiciados hasta un año después de su renuncia.

La comparecencia de Godoy dejó más dudas que certezas, señaló la legisladora de RC, pues a su criterio no aclaró nada sobre la firma Invictus, el supuesto tráfico de influencias, Henry Gaibor, considerado “mano derecha” de Mario Godoy, y que llegó a ocupar la Dirección Provincial del Consejo de la Judictura, y los casos de narcotráfico que ha defendido su esposa.

Esta Asamblea Nacional, añadió, no puede permitir que alguien con “estos graves vínculos y acusaciones siga al frente del Consejo de la Judicatura”.

El relato de los hechos empieza recordando que Mario Godoy Naranjo fue designado como vocal titular y Presidente del Consejo de la Judicatura por el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, el 10 de julio de 2024. Posteriormente, fue posesionado en el cargo por la Asamblea Nacional el 16 de julio de 2024, ejerciendo sus funciones inicialmente hasta enero de 2025, y siendo ratificado para el período subsiguiente de 2025 a 2031, mediante una nueva designación efectuada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social el 19 de septiembre de 2025.

Que el 20 de noviembre de 2024, el ciudadano de nacionalidad serbia Jezdimir Srdan fue capturado en territorio ecuatoriano en el marco de la operación judicial denominada “Euro 2024”, correspondiente al proceso penal identificado con el número 17U05202400216, el cual investigaba delitos graves de lavado de activos con conexiones internacionales, incluyendo asistencia penal proveniente de las autoridades de la República Federal de Alemania.

Los acusadores sostienen que durante la fase de investigación previa y hasta el mes de noviembre de 2024, la esposa del señor Mario Godoy Naranjo, abogada Dolores Vintimilla (que también ha sido su socia en el estudio jurídico Invictus), actuó en calidad de defensora técnica del procesado Jezdimir Srdan y de su pareja sentimental Alexandra Fernández Olivo, participando activamente en la presentación de argumentos legales y en la estrategia de defensa ante las instancias judiciales competentes.

Aunque la señora Vintimilla, añade el expediente, manifestó públicamente haber cesado en el patrocinio de dicha causa en noviembre de 2024, coincidiendo con su matrimonio con el Presidente del Consejo de la Judicatura, los registros judiciales evidencian que continuó recibiendo notificaciones procesales relacionadas con el caso hasta el 25 de noviembre del 2025, lo cual, más allá de la fecha de su desvinculación al proceso, genera un evidente y grave conflicto de intereses que vulnera los principios de imparcialidad y ética profesional establecidos en el Código Orgánico de la Función Judicial y en el artículo 233 de la Constitución.

Sostienen que el 20 de noviembre de 2025, en el desarrollo de la audiencia de juzgamiento correspondiente al caso “Euro 2024”, el tribunal colegiado integrado por el juez Carlos Serrano Lucero, entre otros magistrados, dictó sentencia condenatoria en primera instancia contra el procesado Jezdimir Srdan.

Durante el transcurso de dicha audiencia, el procesado realizó un gesto intimidatorio explícito, cruzando su dedo por su garganta, dirigido hacia el juez Carlos Serrano, hecho que fue debidamente registrado en video por los sistemas de seguridad judicial y consignado en el parte policial, constituyendo una amenaza de muerte directa vinculada al crimen organizado transnacional, señala el documento.

Que días previos a la audiencia, el 11 de noviembre de 2025, el director provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, Henry Gaibor, quien fue designado en el cargo el 23 de agosto de 2024 y fungió como colaborador cercano al señor Mario Godoy Naranjo, citó formalmente al juez Carlos Serrano Lucero y ejerció presiones indebidas para que este prestara atención especial a los argumentos de la defensa del procesado, sugiriendo de manera implícita y explícita elementos favorables a su absolución, tal como se evidencia en audios filtrados, divulgados públicamente y que no han sido negados, que revelan conversaciones de carácter coercitivo.

Los acusadores afirman que Godoy Naranjo, a pesar de tener conocimiento en virtud de su posición jerárquica, omitió ejercer un control efectivo o imponer sanciones disciplinarias inmediatas contra su subordinado, no obstante el claro conflicto de intereses derivado de la participación previa de su esposa en la defensa del mismo procesado, lo cual contraviene el deber de vigilancia y corrección establecido en la Ley Orgánica de la Función Judicial y configura una infracción grave a los principios de independencia judicial consagrados en el artículo 168 de la Constitución.

Además, señalan que Godoy no actuó oportunamente frente a una alerta que emitió la Policía Nacional sobre el incremento significativo del riesgo a la integridad física y personal del juez Carlos Serrano, donde se recomendó reforzar las medidas de protección policial asignadas, en atención a las amenazas recibidas y al contexto de violencia asociada al crimen organizado. No obstante el 02 de diciembre de 2025, se procedió a retirar de forma total y unilateral la custodia policial que había sido otorgada al juez, situación que generó un estado de vulnerabilidad extrema.

Pese a que el juez solicitó protección desde el 03 de diciembre de 2025 al Consejo de la Judicatura, dicha protección nunca le fue entregada, por lo que el 08 de diciembre presentó la renuncia, la cual hasta el 22 de diciembre no había sido aceptada por el Pleno. Esta renuncia fue motivada por la necesidad de abandonar el país para salvaguardar su vida y la de su familia, ante la ausencia de garantías de seguridad por parte del Estado.

Los proponente del juicio afirman que Mario Godoy Naranjo incurrió en una falta grave a la verdad al declarar públicamente que la renuncia presentada por el juez Carlos Serrano Lucero no podía ser aceptada sin que este dejara por escrito las sentencias pendientes en las causas a su cargo, argumentando que de lo contrario se generarían nulidades procesales irreparables y perjuicios al debido proceso de las partes involucradas.

Estos hechos configuran, según los legisladores de la RC, un patrón sistemático de omisiones, conflictos de intereses y acciones que atentan contra los principios de independencia judicial, probidad, transparencia y responsabilidad en la administración de justicia.

También acusa a Godoy de intentar influir en la acción de protección presentada por la entonces vicepresidenta Verónica Abad en contra del Ministerio de Trabajo, alegando haber sido sancionada por el Ministerio de manera ilegítima, con el fin de apartarla del cargo mediante la suspensión de sus derechos de participación política.

Sostienen que la jueza Nubia Vera fue la magistrada designada para conocer y resolver este caso.

El hecho central que derivó en una denuncia pública ocurrió cuando la jueza Vera acusó al entonces presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, de intentar influir en su fallo. La denuncia fue presentada a la Fiscalía el 26 de diciembre de 2024. En la sesión No. 095 de 26 de diciembre de 2024 de la Comisión de Justicia de la Asamblea, la jueza Vera relató que el 29 de noviembre de 2024 el director provincial Henry Gaibor le dijo que tenía que terminar la audiencia negando la acción.

(I)



Source link

Artículo anteriorla clave para una gestión empresarial integrada
Artículo siguienteCaixaBank asesorará a los clientes empresarios para legar a sus herederos | Empresas