
La Ley Orgánica de Gobernanza del Espacio Marino-Costero entró en vigencia tras su publicación en el Cuarto Suplemento n.º 329 del Registro Oficial, este lunes 20 de julio, luego de que la Asamblea Nacional resolviera el 14 de julio la objeción parcial por inconveniencia presentada por la Presidencia de la República.
La normativa tiene como objetivo promover la preservación y protección de las zonas de rompiente y sus áreas adyacentes, regular los usos del mar y fomentar el desarrollo de actividades compatibles, en el marco de la Estrategia Nacional de Gobernanza Marino-Costera y Oceánica y de las Políticas Nacionales Oceánicas y Costeras.
Entre sus principales disposiciones consta la creación del Consejo Interinstitucional del Mar, organismo que estará encargado de la rectoría, regulación estratégica y coordinación de la gestión del espacio marino-costero. Además, la ley crea el Registro Nacional de Zonas de Rompientes, con el propósito de identificar, delimitar y proteger estos ecosistemas.
La norma regula actividades como la pesca, el turismo, los puertos, los deportes acuáticos y la infraestructura, e incorpora el principio precautorio, que obliga a adoptar medidas preventivas cuando exista riesgo de daño grave o irreversible para las zonas de rompiente o ecosistemas marino-costeros, aun cuando no exista certeza científica absoluta.
Asimismo, fortalece las medidas de prevención, preservación, mitigación y protección ambiental para evitar afectaciones a manglares, dunas costeras, zonas de anidación y otros hábitats vulnerables.
Durante el trámite legislativo, los asambleístas de la Revolución Ciudadana Franklin Samaniego y Verónica Íñiguez cuestionaron el proyecto al señalar que no incorporó las observaciones presentadas por su bancada ni por representantes del sector pesquero artesanal. Ambos advirtieron que una disposición sobre la exploración y aprovechamiento de recursos naturales podría permitir actividades de minería submarina, criterio que fue rechazado por la mayoría legislativa al aprobar la norma.
La ley también deroga el Decreto Ejecutivo n.º 1197, de noviembre de 2020, así como las normas de igual o menor jerarquía relacionadas con la conformación y funcionamiento del Comité Interinstitucional del Mar. (I)































