
Tras siete años y ocho meses de mantenerse en la vocalía y presidencia del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint renunció a la institución y con ello podrían reactivarse un juicio político en la Asamblea, auditorías y procesos judiciales que estaban suspendidos porque en periodo electoral estas autoridades no pueden ser interpeladas.
Este 20 de julio de 2026, la primera actividad de Diana Atamaint fue enviar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) —órgano nominador de las autoridades— su renuncia al cargo.
“Pongo en su conocimiento mi renuncia al cargo de consejera del Consejo Nacional Electoral para los fines legales y pertinentes”, puntualiza el oficio que ingresó a la presidencia del CPCCS y que sería tratado el miércoles próximo, para principalizar al suplente, José Merino.
El hecho se produjo un mes después de que Atamaint fue removida de la presidencia del CNE y la sucedió José Cabrera en una sesión del 11 de junio.
Mientras se preparan las elecciones seccionales del 29 de noviembre y de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana, los consejeros electorales están revestidos de una inmunidad judicial penal y política.
Ahora, con su salida, una de las acciones que podría activarse es un juicio político que reposa en la Asamblea Nacional desde hace cinco años.
En noviembre de 2021, los exasambleístas de Pachakutik (PK), Joel Abad y Mario Ruiz, impulsaron una interpelación en contra de Diana Atamaint, Enrique Pita, José Cabrera, Esthela Acero y también al exconsejero Luis Verdesoto, este último renunció en ese año.
Los acusaron de incumplir sus funciones por no permitir que verifiquen posibles inconsistencias en 39.000 urnas de las elecciones generales de febrero de ese año.
El trámite está suspendido luego de tres periodos legislativos sin que haya llegado a una conclusión porque el CNE ha permanecido en constantes procesos electorales.
En el Código de la Democracia, tercer inciso del artículo 19, se establece que la Asamblea Nacional no puede designar reemplazos de funcionarios electorales que hayan sido destituidos por juicio político y estará impedida de iniciarlo en el momento en que se haya convocado a una elección.
Por lo que ahora la Comisión de Fiscalización podría retomar el procedimiento.
En otro frente, Atamaint se enfrenta a la Contraloría General del Estado, luego que el nuevo presidente, José Cabrera, pidió a través de una comunicación oficial que se haga una auditoría a la administración de su colega.
En el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) hay otro caso: una acción de queja interpuesta por el director nacional del partido Unidad Popular (UP), lista 2, Geovanni Atarihuana, por el procedimiento de cancelación de la personería jurídica que abrió Atamaint para el que tuvo el apoyo de José Merino, consejero suplente y que se principalizará en su lugar.
La queja se admitió a trámite el 8 de julio y Atamaint es interpelada porque en el trámite de la extinción de UP se concluyó según informes internos del Consejo, que pasó de tener 206.771 afiliados a 31.015.
Para cancelar el partido, Diana Atamaint tuvo el apoyo de José Merino y la consejera suplente Mónica Noriega. En tanto que José Cabrera, Enrique Pita, Elena Nájera y Esthela Acero no apoyaron esta acción.
Atarihuana recurrió al TCE con un recurso subjetivo contencioso que recayó en el despacho de la jueza Ivonne Coloma, que declaró la nulidad de la resolución de extinción y permitió que UP mantenga su personería y pueda participar en los comicios que están en ciernes.
No obstante, la jueza llamó la atención al Consejo Electoral porque las cifras de los informes técnicos no estaban lo “suficientemente explicadas”.
Coloma dispuso que su fallo se socialice en el CNE y se determine las responsabilidades administrativas que correspondan. “En particular, deberá verificarse la actuación de quienes suscribieron certificaciones, memorandos o informes mediante los cuales se dio por atendido el requerimiento jurisdiccional, sin acompañar los soportes documentales, reportes de sistema, registros de depuración, metodología o elementos técnicos necesarios para establecer con claridad cómo se consolidó el número de afiliados que debía tener la organización política y cómo se llegó al número utilizado para sustentar la cancelación”.
La sanción que se aplica a los funcionarios electorales en el caso de ser hallados responsables es una multa de uno hasta treinta salarios, o la suspensión de los derechos de participación hasta por dos años o la destitución del cargo.
Ante un escenario en el que la expresidenta aspire a lanzar una candidatura para los comicios del 29 de noviembre, no podrá inscribirse, ya que la ley electoral prohíbe a los jueces de la Función Judicial, del Tribunal Contencioso Electoral, de la Corte Constitucional y del CNE a participar; excepto que hayan renunciado a sus funciones seis meses antes de la fecha señalada para la elección. (I)































