Una de las denuncias que presentó la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, en contra de dirigentes e integrantes de la Revolución Ciudadana por una infracción electoral prescribió por haberse presentado fuera de plazo. Así lo declaró la jueza y presidenta del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ivonne Coloma.

La jueza emitió su sentencia este jueves, 5 de marzo de 2026, en la cual determinó que la denuncia fue presentada fuera del plazo de dos años, establecido en el artículo 304 del Código de la Democracia.

En su resolución, Coloma concluyó que la presentación de esta denuncia fuera del tiempo previsto en la ley devela indicios de responsabilidad, sea por acción u omisión, de los servidores electorales que generaron la prescripción de la acción.

La denuncia fue presentada por Atamaint el pasado 18 de noviembre de 2025 en contra de 33 integrantes del correísmo, entre ellos los responsables del manejo económico, la representante legal, el jefe de campaña, entre los que se encuentran: Luisa González, excandidata presidencial, y candidatos a asambleístas titulares y suplentes electos como: Paola Cabezas, Liliana Durán, Nanki Lauro Saant, Eustaquio Tuala, Santiago Díaz Asque (actualmente suspendido), entre otros.

La titular del CNE alegó que ellos habrían incurrido en una infracción electoral, tipificada en el numeral 1 del artículo 281 del Código de la Democracia, en relación con el incumplimiento en la subsanación de observaciones hechas a las cuentas de campaña de las elecciones anticipadas de 2023.

En su análisis, la jueza del TCE, Ivonne Coloma, determinó que la presidenta del organismo electoral en la audiencia en el TCE del 3 de marzo no aportó alegatos o elementos fácticos que motiven una excepción al vencimiento del plazo ni tampoco refutó lo argumentado por los abogados de los integrantes de la RC, quienes alegaron que esta denuncia fue presentada de manera extemporánea.

Tras reconocer que la denuncia prescribió, Coloma dispuso la remisión del expediente a la Fiscalía General del Estado y a la Contraloría General del Estado para que actúen en el marco de sus competencias, una vez que la sentencia quede ejecutoriada.

Esto, señala Coloma, debido a que las partes alegaron la inexistencia en la cuantificación de valores correspondientes a la publicidad no autorizada, así como la determinación del origen de los aportes a la campaña electoral de la dignidad de asambleístas nacionales de la Revolución Ciudadana.

Asimismo, la presidenta del Tribunal Contencioso Electoral dio un plazo de quince días para que el CNE informe las acciones que se iniciaron contra los funcionarios que presentaron tarde esta denuncia. (I)



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