A través del Decreto Ejecutivo n.º 306, el presidente Daniel Noboa dispuso la fusión por absorción de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (Inmobiliar) a la Secretaría General Administrativa de la Presidencia de la República.
El documento fue emitido la tarde de este viernes, 13 de febrero de 2026, y dispone la fusión de ambas secretarías del Estado para el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que le sean asignadas, debiendo garantizar la desconcentración territorial.
Inmobiliar fue creada el 12 de septiembre de 2018, en el Gobierno del expresidente Lenín Moreno, como una entidad con facultades de rectoría y administración del sector público.
El decreto emitido por Noboa dispone que la entidad se llamará Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público de la Presidencia y ejecutará las competencias, atribuciones y funciones que le sean asignadas, debiendo garantizar para ello la desconcentración territorial.
El Decreto Ejecutivo tiene ocho disposiciones generales, que disponen, entre otras cosas, que durante la fase de implementación estratégica se deberá asegurar que la nueva estructura orgánica, producto de la fusión por absorción, garantice la separación de funciones y rotación de labores.
Asimismo, se ordena que todos los planes, programas y proyectos, así como los derechos y obligaciones derivados de convenios, contratos u otros instrumentos jurídicos, de carácter nacional o internacional, incluidos los derechos litigiosos que correspondan a la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, serán asumidos por la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.
Además, las partidas presupuestarias, todos los bienes e inmuebles, activos, pasivos, que le corresponde a la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, pasarán a formar parte del patrimonio institucional de la Presidencia.
El mandatario también dispuso que las partidas presupuestarias, los beneficios de fideicomisos, las cuentas, los fondos, los valores, las acciones, las participaciones, los derechos representativos de capital, los bienes muebles e inmuebles, que se encuentren bajo administración, custodia o control de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, serán asumidos por la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.
En tanto que, la secretaria general administrativa de la Presidencia liderará este proceso de fusión. (I)
































