El presidente Daniel Noboa modificó el Decreto Ejecutivo sobre la seguridad y protección de la Casa Militar Presidencial al cónyuge y familiares del presidente, de la vicepresidenta de la República y de la secretaria general de la Administración Pública y Gabinete.

A través del decreto 281, publicado la noche de este viernes, 16 de enero de 2026, el mandatario reformó el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 75 del 15 de junio de 2021, que firmó el expresidente Guillermo Lasso.

En el documento emitido por Noboa también se modifica el decreto 90 que publicó él mismo en noviembre de 2024 y suprime el siguiente texto en relación a la protección de la vicepresidenta:

“Cuando se encuentre prestando funciones en el Ecuador”.

En este nuevo decreto, Daniel Noboa aclara que la seguridad y protección a familiares del presidente de la República, de la vicepresidenta, María José Pinto, y de la secretaria de la Administración Pública y Gabinete, Cynthia Gellibert, estará sujeta a la condición de recibirla, la cual será determinada por Casa Militar Presidencial, con base en el informe técnico y perfil de riesgo correspondiente.

“La seguridad y protección de servidoras o servidores públicos que presten servicios en la Presidencia de la República, estará sujeta a la condición de recibirla, con base al informe técnico y perfil de riesgo”, también señala el decreto.

En el decreto de 2021, Lasso dispuso que la Casa Militar Presidencial no proporcionará seguridad y protección a familiares del Primer y Segundo Mandatario, Ministros y Secretarios de Estado, lo cual fue reformado por Noboa en 2024. (I)



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