Criterios encontrados tienen el actual presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), José Suing, y quien lo antecedió en el cargo, Iván Saquicela, respecto a qué debe hacerse con el Consejo de la Judicatura (CJ).

Dicho organismo, creado en la Constitución de Montecristi en 2008, ha sido cuestionado por los amplios poderes que tiene como encargado del gobierno, la vigilancia y las cuestiones disciplinarias y administrativas de la Función Judicial; así como por los escándalos internos protagonizados por algunos de sus exintegrantes e incluso por su actual presidente, Mario Godoy.

Suing plantea que el CJ se mantenga, pero con cambios. “No es cuestión de eliminarlo, necesitamos un órgano que descargue todo el tema que tiene relación con la parte administrativa de la Función Judicial… Pero no como órgano de gobierno, como lo reconoció la Constitución”, sostuvo.

El caso, agregó, es que se necesita una reforma constitucional que debe pasar por el filtro de la Corte Constitucional “y verificar si es una enmienda, siempre y cuando no afecte la institucionalidad; si se trata de una reforma parcial o si se trata de una reforma integral, si es que estamos atacando el núcleo duro de de la estructura orgánica del Estado”.

En tanto que Saquicela, quien renunció a la presidencia de la Corte para ser candidato presidencial en las elecciones generales de 2025, opinó que la Judicatura debe desparecer.

“Yo creo que debe desaparecer el CJ y, si hay limitaciones en el orden constitucional, cuando menos hacer una enmienda que permita delimitar sus atribuciones”, indicó.

“El CJ tiene que delimitar sus atribuciones al ámbito administrativo financiero y debe crearse un órgano autónomo con funcionarios con jerarquía de magistrados de Corte Nacional o de Corte Suprema que lleven a cabo el régimen disciplinario, que es donde está el elemento de presión, de chantaje, de persecución, de impunidad”, reflexionó el exjuez.

Según la Constitución, el CJ tiene cinco atribuciones:

1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y la modernización del sistema judicial.

2. Conocer y aprobar la proforma presupuestaria de la Función Judicial, con excepción de los órganos autónomos.

3. Dirigir los procesos de selección de jueces y demás servidores de la Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán públicos y las decisiones motivadas.

4. Administrar la carrera y la profesionalización judicial y organizar y gestionar escuelas de formación y capacitación judicial.

5. Velar por la transparencia y la eficiencia de la Función Judicial. (I)



Source link

Artículo anteriorEstas son las empresas que mejor tratan el talento en España