
Desde su entrada en vigencia, el 28 de agosto de 2025, la Ley de Transparencia Social ha recibo cuestionamientos por parte de organizaciones de la sociedad civil a las que esta normativa regula. La ley fue la cuarta de carácter económico urgente que envió el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional, aprobada con 78 votos de asambleístas del oficialismo —Acción Democrática Nacional (ADN)— y aliados, y ha recibido siete demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional (CC).
De hecho, ante la falta de un pronunciamiento, doce organizaciones y fundaciones, como Fundamedios, Fundación Periodistas Sin Cadenas, Fundación Ecuatoriana por la Equidad Ñeque, el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam), solicitaron al organismo una respuesta, a la brevedad posible, sobre la admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad presentada contra la ley, a fin de garantizar el cumplimiento de los plazos legales y el ejercicio pleno de la tutela judicial efectiva. El pedido se lo hizo a través de un escrito ingresado el pasado 12 de diciembre.
Entre otras cosas, la Ley de Transparencia dispone el congelamiento de fondos a estas organizaciones, con base en reportes de operaciones sospechosas, a cargo del Servicio de Inteligencia y la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE); que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria vigile y audite a las organizaciones, así como la clasificación de estos grupos según su nivel de riesgo, siendo este bajo, medio o alto; el registro de estas organizaciones en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones (Suios) y más.
La ley aclara que “ninguna medida de control, supervisión o intervención que ejerzan las entidades públicas podrá ser utilizada como mecanismo de persecución política, restricción arbitraria a la libertad de asociación o interferencia ilegítima en las actividades lícitas de las organizaciones sociales“. Aunque la facultad de retener fondos se aplicó en contra de varias fundaciones y organizaciones de la sociedad civil durante los 31 días del paro indígena en contra de las políticas del Gobierno.
Estos grupos sin fines de lucro denunciaron que, con base en esta ley, se congelaron sus cuentas bancarias sin esclarecer las razones, según informes reservados, ante lo cual presentaron acciones de protección que, en algunos casos, recibieron un fallo favorable.
Preocupación persiste
Y mientras las organizaciones esperan un pronunciamiento de la Corte Constitucional, la ley sigue en vigor y continuará regulando a fundaciones y otras ONG.
Por esta razón, algunas organizaciones sin fines de lucro han manifestado su preocupación por un nuevo posible bloqueo de sus cuentas mediante la aplicación de la Ley de Transparencia.
Alianza Ceibo, por ejemplo, declaró que se mantiene alerta “ante el riesgo de que este tipo de arbitrariedades se repitan”, especialmente, sostuvo, cuando la Corte Constitucional continúa en silencio y sin pronunciarse sobre la cuestionada Ley de Transparencia, una normativa que en la práctica solo se ha convertido en un instrumento para restringir, vigilar y perseguir a fundaciones, colectivos y organizaciones que cumplen un rol fundamental en la democracia.
La fundación, que representa a cuatro nacionalidades de la Amazonía, que en noviembre de 2025 ganó una acción de protección que dispuso el descongelamiento de sus cuentas, denunció que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria no cumple con su obligación y varias cuentas de la Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones Petroleras de Texaco siguen bloqueadas.
Desde la Alianza por los Derechos Humanos Ecuador, ONG integrada por varias organizaciones que defienden los derechos humanos, también hay preocupación por las acciones que pueda emprender el Gobierno a través de esta normativa.
Vivian Idrovo, coordinadora de la alianza, repasó que la “actualización que ha hecho esta ley para las organizaciones sin fines de lucro es, más bien, el uso abusivo de las normas del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), que se insertaron para perseguir a personas, defensores de organizaciones sociales e inclusive a organizaciones indígenas”.
A su vez, observó que esta ley pone cargas excesivas, administrativas y económicas a las organizaciones de la sociedad civil, lo que complica, dijo, el desarrollo normal de sus actividades.
“Estamos sumamente preocupados no solamente por la persecución a personas defensoras, sino también por los fines que tendrán para esa persecución. Es un momento crítico para la defensa de derechos y para las organizaciones de la sociedad civil”, sostuvo Idrovo tras repasar que aún hay casos de congelamiento de cuentas.
En tanto que desde el Centro Ecuatoriano por la Promoción y Acción de las Mujeres (Cepam) se comentó que con la Ley de Transparencia Social ha existido mayor regulación de las autoridades de control, como la UAFE o el Ministerio de Gobierno, por lo que se precisó que no se están haciendo cosas nuevas tras la publicación de la ley en el Registro Oficial, sino que es un mecanismo de control para monopolizar el apoyo de organizaciones internacionales.
Otros puntos de la Ley ya se cumplen
Por otro lado, sobre el resto de las disposiciones que tiene esta norma, algunas organizaciones ya las cumplen. Tras la entrada en vigencia de la ley, Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, explicó que la organización ya está registrada en el Suios y la información puede ser consultada y corroborada por cualquier persona que entre a la web del sistema.
De la misma manera, Tarsicio Granizo, director de la organización de conservación del medioambiente WWF, destacó que esta ONG cumple con todas las exigencias de transparencia durante cada año.
“Cada mes tenemos que hacer un reporte para la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) para el Servicio de Rentas Internas (SRI)”, dijo el representante en su momento.
Sobre el congelamiento de cuentas, Human Rights Watch (HRW), organización internacional de derechos humanos, expresó su preocupación por el bloqueo por parte del Gobierno nacional a organizaciones y dirigentes indígenas y ambientalistas, con base en informes secretos de inteligencia, en el contexto de las movilizaciones y el paro en la provincia de Imbabura.
A través de un comunicado emitido el pasado 9 de diciembre, la organización no gubernamental repasó que entrevistó a 16 personas, entre ellas miembros de organizaciones e individuos cuyas cuentas bancarias fueron congeladas, así como a sus abogados, quienes denunciaron el bloqueo arbitrario de sus fondos.
Bajo este marco, la Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre estas demandas de inconstitucionalidad, que se encuentran en los despachos de los jueces Raúl Llasag, Karla Andrade, José Luis Terán, Richard Ortiz y Jhoel Escudero. De ser admitidas a trámite, las organizaciones, la Asamblea Nacional y la Presidencia de la República deberán exponer sus argumentos. Dependiendo del caso, el organismo constitucional podría declarar la inconstitucionalidad de la ley o desestimar estas demandas. (I)






























