
La tecnología avanza y la Agencia Tributaria busca adaptarse a ella. A partir de enero del próximo año, el fisco dispondrá de más información sobre los movimientos realizados por los clientes de entidades bancarias y de pago, incluidos aquellos efectuados a través de la popular plataforma Bizum. Este control más exhaustivo tiene como objetivo detectar posibles bolsas de fraude. Las entidades estarán obligadas a remitir mensualmente datos sobre las operaciones de sus clientes, independientemente de la cuantía de la transacción.
El foco se centra principalmente en ingresos de autónomos y pymes que usen Bizum para cobrar sus prestaciones, aunque los particulares también podrán estar sujetos a vigilancia si reciben pagos recurrentes que podrían ocultar actividades económicas no declaradas. Con este cambio, la Agencia Tributaria pretende mantener un registro completo y ordenado de todas las operaciones electrónicas, priorizando aquellas vinculadas a actividades profesionales, asegurando que se reflejen correctamente, cuando proceda, en las declaraciones correspondientes del IRPF, IVA o Sociedades.
Todo ello supone que los movimientos de reducido importe realizados entre amigos y familiares para cuadrar las cuentas de una cena, un viaje o un regalo, se podrán seguir realizando sin consecuencia fiscal alguna.
Hasta ahora, las entidades financieras ya tenían que enviar al fisco información sobre determinadas operaciones de sus clientes. Por ejemplo, notificar movimientos de dinero superiores a los 3.000 euros y dar cuenta de los saldos bancarios del último trimestre y del cierre de año, así como el global de entradas y de salidas de las cuentas. Todo ello sin perjuicio de que, en el ejercicio de sus funciones de control, la Agencia Tributaria pueda solicitar información sobre cualquier operación de un contribuyente.
A partir de enero, el cerco se estrecha: se elimina el umbral mínimo de los movimientos a notificar y la entrega de información a la Agencia Tributaria pasará a ser mensual en lugar de anual. El cambio llega con el real decreto 253/2025, que modifica tanto el reglamento del IRPF como el relativo a las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria. El texto hace mención expresa a que la progresiva globalización de la economía y los avances tecnológicos han hecho necesario “revisar” y actualizar las obligaciones informativas vigentes.
Entre las novedades, el decreto amplía a las entidades de pago y de dinero electrónico la obligación de aportar información sobre las cuentas y las transacciones de sus clientes residentes en España, sumándose así a las bancarias y de crédito. La norma también afecta a firmas extranjeras, tanto comunitarias como de países terceros, que operen en España, aunque no tengan establecimiento físico en el territorio. Estas deberán informar sobre todo tipo de cuenta, bancarias y de pago, aportando nuevos datos personales de los clientes, como fecha de nacimiento y país de residencia. En resumen: más entidades, más tipos de cuenta y más datos a comunicar.
La sanción asociada va del 50% de los ingresos no declarados hasta el 150% —tanto si se reciben por Bizum como a través de otras vías—, dependiendo del importe y si se detecta ocultación o fraude.
El cambio normativo se produce en un momento dulce para las nuevas plataformas de pago digitales. Bizum, que nació hace casi 10 años en Madrid para ofrecer una solución de pago inmediata entre particulares, ya roza los 30 millones de usuarios en España, según cifras ofrecidas por la propia compañía. Su crecimiento ha sido exponencial. En los primeros nueve meses del año, el número de transacciones con Bizum alcanzó los 900 millones, con un volumen asociado de más de 65.000 millones de euros.































