“Se ha probado con suficiencia técnica que Wilman Gabriel Terán Carrillo, desde su cargo dentro de la administración de justicia, esto es, la presidencia del Consejo de la Judicatura (CJ), mediante acciones ilícitas con varias personas, pretendió hacerse del control del máximo organismo de justicia ordinaria del país, por lo que se lo declara como autor del delito de asociación ilícita tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)”.



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